Podrán aplicar clausuras si el tiempo de espera es superior a los 30 minutos

La Legislatura sancionó una norma por la cual el tiempo de espera para la atención no podrá superar la media hora. Quedan incluidas entidades financieras, entes recaudadores, reguladores, empresas de servicios y supermercados, entre otros.

Las entidades públicas y privadas que tengan atención al público deberán cronometrar el tiempo de espera de sus clientes. Es que el jueves pasado quedó con sanción definitiva una iniciativa por la que se le introducen modificaciones a la Ley de Defensa del Consumidor. Los “nuevos derechos” incorporados establecen que las esperas en las líneas de cajas para cobros o pagos, no deberán superar los 30 minutos. Asimismo, se dispone que en los lugares (comercios) de alta concurrencia de público haya sanitarios de uso público. Con la reciente sanción, aún falta la promulgación y la posterior reglamentación, que estará a cargo de la oficina Defensa al Consumidor de la Provincia. En el nuevo texto incorporado a la ley provincial Nº 8973, de Defensa al Consumidor, que se identificó como artículo 5º bis, se consideró una “práctica abusiva” y contraria al “trato digno” de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva, que las personas deben esperar más de 30 minutos en las cajas habilitadas para cobros o pagos. Que esa espera se haga en condiciones de incomodidad, en la que el consumidor deba soportar las inclemencias del tiempo para ser atendidos en sus requerimientos. Y que en esos lugares no haya acceso libre y gratuito a los sanitarios. Por esa razón, se indicó que tanto los ámbitos públicos como los privados, con la sanción de la ley, deberán “adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses”, a partir de su promulgación. En ese sentido, se indicó entre las modificaciones que “los sujetos obligados (entes públicos o privados) deberán adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses a partir de su promulgación. Como detalle, también quedó establecido que los sanitarios “deberán estar visiblemente señalados, en condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida y respetar las disposiciones reglamentarias locales correspondientes”, se prescribió. “También, deberán proveer de carteles indicativos en lugares visibles para el público, donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas en el artículo anterior”. Como órgano de autoridad y contralor se dispuso que sea la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos. Además, quedó establecido que quienes incumplan o realicen prácticas abusivas contrarias a lo que dispone la legislación, serán sancionados e, incluso, hasta se les podrá aplicar clausuras por el término de 10 días a los locales. “En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la reglamentación. A tales efectos, se considera reincidencia toda nueva infracción cometida en el término de un año contado a partir del dictado de la resolución firme que establece la sanción”, se fijó en las modificaciones. Al momento del debate se consideró que es un abuso que una persona deba estar (aunque sea en buenas condiciones) esperando más de 30 minutos para realizar un trámite en las entidades públicas o privadas, como bancos, supermercados o comercios de alta concurrencia. Por esa razón, según se indicó durante el debate, es que las modificaciones que se le introducen a la ley, son para “garantizar a los usuarios y consumidores que el tiempo de espera en cajas no debe superar la media hora”, pasado ese tiempo, las personas podrán hacer una denuncia en la Dirección de Defensa del Consumidor. Quedan incluidos en la medida, las entidades financieras, entes recaudadores provinciales, entes reguladores, empresas de servicios de luz, gas, teléfono, televisión por cable o aire y supermercados, entre otros

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