El pleito de Mansilla “sube” a la Corte Suprema

La Provincia (representada por el Poder Ejecutivo) se expidió a favor de que el alto tribunal revoque un fallo adverso al legislador re-reelecto.

El juicio que procura frustrar la re-reelección legislativa de Sergio Mansilla, senador ultraalperovichista saliente, subió por fin a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. El 12 de noviembre, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo admitió el recurso de inconstitucionalidad que el dirigente había presentado para que sea revisada la sentencia que declaró que su tercera candidatura consecutiva al cargo de legislador lesionaba la Constitución de Tucumán. Previamente, la Provincia (representada por el Poder Ejecutivo) se había expedido en favor de Mansilla, quien, gracias a una intervención -vía per saltum- de la Corte pudo postularse y ganar los comicios, pero sólo asumirá como legislador re-reelecto si el alto tribunal revoca el fallo que rubricaron los camaristas Ebe López Piossek y Rodolfo Novillo.

El futuro de Mansilla depende de los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar. Si bien estos levantaron la medida cautelar dictada por López Piossek que le impedía participar de los comicios, dos días después de las elecciones nacionales del 25 de octubre rechazaron el segundo planteo de per saltum que el senador había deducido para “acelerar” la revisión de la sentencia de la Sala III. En virtud de este revés, Mansilla no pudo jurar como legislador junto a sus pares y se quedó afuera de la mesa de conducción del Poder Legislativo. En esa oportunidad, la Corte recordó que el per saltum (instituto que permite saltear la instancia y romper el desenvolvimiento natural del proceso) era un mecanismo de aplicación excepcional para el supuesto de gravedad institucional constatada. Goane, Estofán y Sbdar coincidieron en que el propio Mansilla había demorado el trámite del juicio, y en que no era grave que -por ahora- no pudiese asumir su banca o conducir la Legislatura.

En el litigio iniciado por el amayista Walter Berarducci, el ex arquero litigó a dos bandas (en la Sala III y en la Corte) y cerca estuvo de quedarse sin revisión del fallo que puso límite a sus aspiraciones de re-reelección. Ocurre que, entre las múltiples presentaciones que hizo (recusó sin suerte a Novillo, por ejemplo), olvidó interponer a tiempo el recurso de casación (otro canal de acceso a la Corte). Por esa razón, la Sala III declaró extemporáneo aquel planteo. Por fortuna para Mansilla, Novillo y López Piossek admitieron el recurso de inconstitucionalidad.

El pleito en cuestión empezó días antes de las polémicas elecciones provinciales del 23 de agosto, cuando la Junta Electoral Provincial habilitó la candidatura de Mansilla con la firma de Antonio Gandur, presidente de la Corte; del ministro público Edmundo Jiménez y de la legisladora oficialista Beatriz Bordinaro (luego, otro fallo de la Sala III apartó a Jiménez y a Bordinaro de Peluffo porque ninguno de los dos ofrecía garantías de imparcialidad). La Junta había autorizado la tercera candidatura consecutiva de Mansilla con el argumento de que, si bien este ganó las elecciones en 2007 y en 2011, en esta segunda oportunidad no juró como legislador (se trataba de una postulación testimonial) y de que, por ende, no había transgresión a la cláusula 45 de la Constitución de Tucumán -incorporada por la reforma de 2006-, que sólo permite la reelección.

El 21 de agosto y en sede judicial, López Piossek y Novillo declararon que la Constitución prohíbe la re-reelección sin distinguir si la banca fue o no asumida. “A nuestro leal saber y entender, es suficiente una simple lectura del artículo 45 para alcanzar a ver que el significado es clarísimo y está al alcance del sentido común de todos”, expresaron los camaristas.

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