Pioneros en aplicar la doctrina Trump

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La nueva reglamentación ampliará las causas que permiten la expulsión de migrantes y modificará los trámites para que sean inmediatas, sin control judicial ni una defensa legal adecuada. Se eliminará la unidad familiar como condiciones que evitan la deportación.

Ramona Hernández nació en Paraguay pero vive en Argentina desde hace más de 30 años. A partir de las drásticas modificaciones a la ley de Migraciones que aplicará por decreto el macrismo de manera inminente, le podrían revocar su radicación definitiva y sería expulsada del país si en la revisión de sus antecedentes surgiera algún delito, incluso menor, y todo el trámite duraría menos de una semana. El gobierno se apresta a cambiar el paradigma de la actual norma, en su afán de plasmar a nivel legislativo, aunque sin pasar por el Congreso, su política de demonización de los inmigrantes como factor determinante de la llamada “inseguridad”. Según el proyecto de DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) al que tuvo acceso el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el cambio “amplía las causas que permiten la detención y expulsión de migrantes en situación irregular; habilita la revisión de todas las radicaciones otorgadas para quienes tienen antecedentes penales o condenas, sin importar el tipo de delito o su situación procesal; modifica los trámites de expulsión para que sean inmediatas, sin control judicial ni una defensa legal adecuada; elimina la unidad familiar y el arraigo como condiciones que evitan la expulsión”.

En un comunicado conjunto firmado por el Cels, la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF), la Red de Migrantes y Refugiados en la Argentina, la Red Nacional de Líderes Migrantes y OTRANS Argentina, estas organizaciones enfatizaron que “el texto es una regresión para los derechos de las personas migrantes, su efecto será la puesta en marcha de una poderosa herramienta de control social por fuera de la ley”. Y destacaron que “ante la constante amenaza de ser capturado por el sistema de justicia criminal, la personas migrantes pobres estarán expuestas a una mayor fragilidad: trabajos precarios, hostigamiento de las fuerzas de seguridad, menor inserción escolar y acceso al sistema de salud”.

En los hechos, una persona migrante –tenga residencia regular o no– que subsiste de la venta callejera podrá ser denunciada penalmente, por ejemplo, por la actividad económica que desarrolla o por resistir a un desalojo en la vía pública. “Los jueces y fiscales tendrán la obligación de notificarle a la Dirección Nacional de Migraciones de la existencia de causas penales en las que se identifique como responsable a un migrante, lo que desatará el inicio del trámite de expulsión o la revisión de las residencias ya otorgadas. Con el solo procesamiento firme por cualquier delito que prevea pena privativa de libertad podrá ser expulsado del país, con escasas posibilidades de defenderse en el trámite migratorio”, indicaron el Cels y las entidades de migrantes.

“Si el gobierno decide avanzar con esta reforma eludiendo nuevamente el Congreso estará dando señales graves: restringirá derechos humanos sin ningún control parlamentario y establecerá una política migratoria contraria a los compromisos internacionales asumidos. Además, lo hará por una vía contraria a la Constitución, ya que regulará sobre materia prohibida para legislar por DNU y sin los requisitos exigidos. Como ya ha ocurrido, esto evidencia un claro déficit democrático”, cuestionaron las organizaciones.  

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), que había celebrado en 2004 y en 2010 la legislación migratoria argentina, le reclamó al gobierno el 9 de diciembre del año pasado que no se adoptara ninguna medida que significase un retroceso respecto del marco normativo vigente. El comité también destacó “la falta de un diálogo fluido y regular con las asociaciones de migrantes”. Para el Cels, “la adopción de este DNU sin ningún espacio de discusión es una muestra de extrema gravedad de esta falta de diálogo”, y recordó que “la ley de migraciones 25.871 fue producto del consenso alcanzado a partir de un amplio debate iniciado en el año 1999 por diferentes actores, en ámbitos sociales, académicos y legislativos, que permitió la revocación del decreto ley de migraciones, denominada ‘Ley Videla’.

Esta entidad también cuestionó la forma “engañosa” en que el gobierno maneja la información. La participación de personas migrantes en el total de los delitos no es significativa: menos del 5 por ciento de la población carcelaria es extranjera. Ocurre, en cambio, que algunos casos que involucraron a personas extranjeras fueron graves y tuvieron mucha difusión. Sin embargo, la ley vigente ya establece los mecanismos para expulsar a aquellos que tuvieran procesamiento firme por delitos graves, como el narcotráfico. Es decir: la reforma de la ley no se dirige a quienes cometan delitos graves sino a ampliar y endurecer el control de quienes cometen delitos menores o ilegalismos, como la venta callejera. Por estos motivos, según el Cels, el impacto de esta medida será menor para la prevención del delito y será significativo en la restricción de los derechos de las personas migrantes de escasos recursos.

“Es terrible la reforma que plantean, siempre asociando a la migración con la delincuencia cuando son dos fenómenos totalmente diferentes. La migración son personas que vienen a trabajar, quieren una mejor vida para ellos y su familia, lo otro no tiene nacionalidad, y claramente van a apuntar al mantero, al compañero migrante más vulnerable”, dice a PáginaI12 Lourdes Rivadeneira, de la Red Nacional de Migrantes y Refugiados. “Seguimos siendo el chivo expiatorio, antes era porque no había trabajo, ahora por la inseguridad, es un momento político de pura demagogia, y como no somos sujetos políticos, no se lo podemos cobrar en las urnas”, agrega.

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