Piden adherir a la ley del Turismo Accesible

Piden adherir a la ley del Turismo Accesible

A través de un proyecto de Ordenanza, el bloque Juventud Peronista FpV-PJ solicitó al Ejecutivo local que adhiera a la ley provincial de Turismo Sostenible para "garantizar un igual acceso a la ciudad y al turismo a personas con movilidad y/o comunicación reducida".

A través de un proyecto de Ordenanza, el bloque Juventud Peronista FpV-PJ solicitó al Ejecutivo local que adhiera a la ley provincial de Turismo Sostenible para “garantizar un igual acceso a la ciudad y al turismo a personas con movilidad y/o comunicación reducida”.  

Desde la bancada unipersonal de Erica Pereyra, señalaron que “las barreras físicas, urbanas y arquitectónicas que vemos a diario en nuestra ciudad entran en conflicto con el desarrollo turístico y la accesibilidad”, en tanto recordaron que “en la última edición de la Feria Internacional de Turismo (FIT) tuvo como eje principal el Turismo Accesible”.

“En la misma línea de lo propuesto por la Organización Mundial del Turismo (OMT), que declaró al 2016 como el año del Turismo Accesible, en Luján se desarrollaron actividades sobre el Turismo Accesible destinadas a difundir acciones vinculadas a la accesibilidad turística y posicionar a Luján como destino accesible de la Argentina”, agregaron.

Por otra parte, indicaron que “la facilitación de los viajes turísticos para las personas con discapacidad es una parte esencial del turismo responsable y sostenible, ya que más de 600 millones de personas en todo el mundo tienen algún tipo de discapacidad y es obligación de cada uno de nosotros ayudar a garantizar un igual acceso a la ciudad y al turismo".

“Visión ética”

"La accesibilidad es clave porque está demostrado que, ya sea de forma permanente o en forma transitoria, hay aproximadamente un 15 por ciento de población que manifiesta necesidades de accesibilidad. Por lo tanto, estamos hablando de un universo demasiado importante para no tenerlo en cuenta", opinó la edil Erica Pereyra

Agregó también que el turismo accesible "es un concepto que se ubica en una visión ética del turismo y en una visión sustentable. El turismo debe ser inclusivo, debe ser para todos. Argentina quiere llegar al 2017 con políticas activas vinculadas a la existencia de accesibilidad, sostenibilidad y al cuidado del medio ambiente, y Luján no puede quedar afuera de ese esquema".

"Las barreras físicas, urbanas y arquitectónicas que se presentan dentro del ejido urbano municipal, son un conflicto y elementos de segregación, que demandan respuestas específicas y urgentes, para esto el Ejecutivo debería revisar el COU, y de esta manera garantizar la sustentabilidad y el desarrollo turístico a través de la mejora a la accesibilidad", finalizó la concejal de la Juventud Peronista.

Proyecto

La propuesta atiende el hecho de que “la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley vista adhirió en todos sus términos al Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, Ley Nacional N° 25.643”, al tiempo que resalta “que la actividad turística representa un importante motor a la actividad económica del Partido de Luján”.

“Luján es una ciudad en permanente crecimiento, con desequilibrios sociales, ambientales y multiplicidad de demandas, donde es evidente la necesidad de acentuar los lazos de vecindad y concretar un desarrollo urbanístico integral e inclusivo, con el objetivo de lograr una sociedad más justa y equitativa”, continúa, destacando que “el equipamiento de toda ciudad moderna debe tener como objetivo generar mecanismos de integración destinados a personas con necesidades especiales”.

En este sentido, subraya que “las barreras físicas, urbanas y arquitectónicas que se presentan dentro del ejido urbano municipal, son un conflicto y elementos de segregación, que demandan respuestas específicas y urgentes, para mejorar la calidad de vida de la población, propiciar la inclusión social, reducir los riesgos, coadyuvar a la sustentabilidad y al desarrollo turístico a través de la mejora a la accesibilidad”, y define como prioridad de la norma “la supresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y del transporte que se materialicen en lo futuro, o en los ya existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida”.

Además, apunta que “la reciente conformada Cámara de Turismo de Luján ha desarrollado una actividad en el marco del calendario oficial de la Organización Mundial del Turismo con el objetivo “promover la accesibilidad universal”, hecho que se quedó expresado en “la firma de un Acta Compromiso por un Turismo Accesible para todos en la ciudad de Luján, impulsada por la misma Cámara y a la cual adhirieron distintos actores de la comunidad lujanense”.

Por tales motivos, se solicita al Ejecutivo local que adhiera “a la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.095 referente a la promoción del Turismo Accesible para personas con movilidad y/o comunicación reducida, sancionada por la Legislatura Provincial el día 3 de diciembre de 2009”.

En este marco, “será obligación de las Agencias de Viajes y Turismo del Partido de Luján informar a las personas con movilidad y/o comunicación reducidas y/o grupo familiar y/o acompañante sobre los inconvenientes e impedimentos que pudiere encontrar en la planificación de un viaje que obstaculizaran su integración física, funcional o social”.

“Las prestaciones de servicios turísticos deberán adecuarse de conformidad con los criterios del diseño universal establecidos en la Ley de la Nación N° 24.314, decreto reglamentario 914/97”, que serán identificados “con los símbolos de accesibilidad adoptados por Ley N° 19.279 y normas IRAM 3722, 3723 y 3724, emitido por el Ministerio de Turismo de la Nación y/o los organismos en quienes las provincias deleguen dichas funciones, previa consulta con la autoridad competente”.

También se plantea la adecuación “del material institucional de difusión de la Municipalidad de Luján para la comprensión gráfica, visual y/o auditiva por parte de las personas con movilidad y/o comunicación reducidas”.

Como órgano de control, se dispone la creación “de la Comisión de Asesoramiento y Contralor del cumplimiento de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley de la Nación N° 22.431, modificados por la Ley N° 24.314, y la presente Ordenanza, en el ámbito del Consejo de Municipal para las Personas con Discapacidad creado por Ordenanza N°3646/97”, en tanto se encomienda “al Departamento Ejecutivo la adopción de todas las acciones que resultaren de su competencia, así como la promoción de aquellas otras medidas que debieren ser sometidas a la aprobación de este Honorable Concejo Deliberante, a los efectos de adecuar en el menor tiempo posible el Código de Ordenamiento Urbano del Partido de Luján a lo dispuesto por la presente Ordenanza”.

Por último, se solicita realizar “una intensa e inmediata campaña de difusión de lo dispuesto por la presente ordenanza, dirigida a la opinión pública en general, a la Delegación Luján del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito V en particular, y a las organizaciones y sectores especializados y/o interesados en el ámbito del Partido de Luján”.

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