Paraná: la nueva ordenanza tributaria regirá a partir de junio

Fue sancionada por el Concejo Deliberante de la capital entrerriana y será puesta en vigencia desde el mes de junio. La reforma al código tributario contempla exenciones para diversos actores sociales y readecuaciones de alícuotas.

La norma aprobada –en maratónica sesión de cinco horas-, según dijo la intendenta Blanca Osuna en el mensaje que acompañó el proyecto, "busca dar un marco de protección a los sectores socialmente más vulnerables de nuestra comunidad". En la sesión que celebró el Concejo Deliberante de Paraná, se dio sanción -por mayoría y con modificaciones- a la Ordenanza Tributaria que regirá en el presente ejercicio fiscal, la cual contempla la situación de los sectores más vulnerables de la ciudad. Cabe señalar que, la mayoría obtenida por el oficialismo fue acompañada por la edil del bloque Eva Perón –Ex Frente Entrerriano Federal-, Alicia Portillo.

Sobre el particular, Osuna, en declaraciones enviadas a INFORME DIGITAL, sostuvo que "las medidas propuestas además de constituirse como mecanismos con un marcado fin social, se muestran como un claro ejemplo de redistribución de la carga tributaria, en función de parámetros más equitativos y justos". Es el caso concreto de los jubilados, pensionados y aquellos contribuyentes con ingresos menores a la canasta básica alimentaria o beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, los cuales se verán favorecidos respecto de los importes que deban abonar en concepto de tasas General Inmobiliaria y de Servicios Sanitarios, a través de nuevas exenciones o de la revitalización de las ya existentes.

En el caso de los contribuyentes jubilados y pensionados, la reforma introducida por la norma al Código Tributario Municipal, contempla una exención del 100% (ciento por ciento) en el pago de la Tasa General Inmobiliaria y de hasta el 50% (cincuenta por ciento), en el caso de la Tasa por Servicios Sanitarios. La nueva Tributaria también establece una Tasa Social la cual prevé una reducción de hasta el 60% (sesenta por ciento) de los tributos municipales.

Para acceder a este beneficio los contribuyentes deberán reunir, entre otros requisitos los siguientes: Ser titular del dominio de una única propiedad inmueble que constituya su vivienda permanente, cuya valuación total fiscal no supere la suma de $40.000 (cuarenta mil pesos); los ingresos del contribuyente y su grupo familiar conviviente no superen en conjunto el monto fijado por el INDEC como canasta básica alimentaria o provengan exclusivamente de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

El texto normativo sancionado crea asimismo un régimen simplificado para pequeños comercios y exime por veinticuatro meses del pago de la tasa de "Higiene Profilaxis y Seguridad" (Tasa Comercial) a micro emprendedores y artesanos. También contempla una exención de seis meses en el pago de la misma a los pequeños comercios y dispone un tratamiento exceptivo para empresas vinculado con el tratamiento de residuos y las que se instalen para la producción de energía no renovable, con el propósito de promover un mayor desarrollo de la ciudad.

Respecto de la referida tasa, se dispone de readecuaciones de alícuotas especiales que abonan algunas actividades en particular, como bancos, financieras, boliches bailables, el juego y las grandes cadenas comerciales.

Comentá la nota