Otro revés judicial para los exempleados de Interlagos

Otro revés judicial para los exempleados de Interlagos

La Justicia cipoleña rechazó el recurso de queja que presentaron los trabajadores para conformar una cooperativa.

El anhelo de los exempleados de Interlagos de conformar una cooperativa se esfumó ante un nuevo revés judicial. La Cámara de Apelaciones de Cipolletti no hizo lugar al recurso de queja que presentaron para poder constituirse como cooperativa de trabajo y seguir funcionando en la empresa que quebró meses atrás. Si bien el recurso fue interpuesto en tiempo y forma, no acompañaron la presentación con la resolución que objetaron.

El fallo sostiene que las resoluciones en el trámite de quiebras son inapelables “salvo excepciones que no se dan en el caso que invocan los exempleados” de la embotelladora Comahue.

“Luego de las innumerables prórrogas que se dieron tanto en la concursada como a los inscriptos para el salvataje de la empresa, donde el tribunal actuante demostró su voluntad de mantener tanto la continuación de la explotación de la empresa y el sostenimiento de las fuentes de trabajo, se decretó la quiebra con fecha 10 de septiembre del corriente año”, sostiene el fallo.

Por su parte, Pablo Leguizamón, uno de los referentes de los extrabajadores indicó que “no está todo dicho”. Afirmó que seguirán con esperanzas y organizándose para revertir la situación “hasta el último día”.

El remate

La Justicia fijó el remate de la empresa el 12 de marzo. Allí se desmantelará la maquinaria al mejor postor. Con ese dinero se pagará a los acreedores, el fisco y los sueldos de los obreros que en algunos casos asciende a un semestre de deuda.

A principio de noviembre, los exempleados organizados presentaron el recurso de queja ante la Cámara de Apelaciones para impugnar el fallo de un juez Civil de Cipolletti que, una semana atrás, le había denegado la posibilidad de conformar la cooperativa.

“Luego de las innumerables prórrogas que se dieron para el salvataje de la empresa (...) se decretó la quiebra con fecha 10 de septiembre del corriente año”,sostiene el fallo emitido por la Cámara de Apelaciones.

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