Otra vez el TOC porteño de Vidal: Denuncian que el nombramiento de Conte Grand es anticonstitucional

Otra vez el TOC porteño de Vidal: Denuncian que el nombramiento de Conte Grand es anticonstitucional

El abogado del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), Pedro Luis Sisti, dialogó con REALPOLITIK tras la presentación de una acción declarativa de certeza, que cuestiona la idoneidad de Julio Conte Grand como reemplazante de María del Carmen Falbo en la procuración General. “De ser designado estaría incumpliendo la constitución, podría impugnarse por esto mismo y traer una inseguridad jurídica grave”, indicó el letrado.

RP.- ¿De qué se trata el pedido que presentó el CEPIS ante la Justicia?

La acción declarativa de certeza se presenta cuando no está clara una cuestión; después la Cámara resuelve finalmente si es acorde a la ley. Hay veces que se plantea la inconstitucionalidad de una ley, o cosas por el estilo. Lo que hicimos fue llevar un caso que no es del todo claro. 

Se trata del nombramiento de Julio Conte Grand. Porque la constitución establece que tiene que tener domicilio en la provincia por dos años y hasta el 10 de diciembre era procurador en la CABA, con lo cual tenía domicilio en la ciudad.

Ya que obviamente no puede cumplir con ese requisito, por eso vamos a la Justicia para que sea ella la que determine si efectivamente hay un incumplimiento, o si por alguna razón no lo hay. 

RP.- ¿Esto va más allá del perfil ideológico que tiene Conte Grand? ¿De ser designado, incumpliría la ley?

Claro, no es una impugnación a su currículum, su postura ideológica ni nada por el estilo. Sino que hay un requisito constitucional para asumir el cargo que -nos parece- no se da.

De ser designado estaría incumpliendo la constitución y de hecho podría impugnarse por esto mismo y traer una inseguridad jurídica grave.

Avanzar en un nombramiento y que después eso se impugne porque efectivamente se incumple con la constitución sería estar en una situación bastante compleja. Por eso nosotros le pedimos esta certeza al poder judicial, de alguna manera.

RP.- Más allá del tema judicial, ¿qué opina el CEPIS de su designación?

Nosotros habíamos presentado una nota solicitando -oportunamente, cuando se conoció la jubilación de Falbo- que se cumpla con un decreto que lo que hace es convocar una audiencia en la cual la sociedad pueda expresarse y pueda presentar su opinión respecto del candidato a la procuración. Fuera Conte Grand o cualquier otra persona. 

Hay un decreto de Solá en 2004, cuando la nombró a Falbo, que justamente aspira a una cuestión de publicidad. Pedimos que se cumpla con eso; antes de que se presentara Conte Grand lo hicimos de forma genérica, para poder saber quién es el candidato o postulante del poder ejecutivo así la sociedad civil puede expresarse. 

RP.- De cumplirse este decreto, ¿cómo podría participar la gente en esta decisión?

Debería hacerse una audiencia ante el Senado de la provincia, justamente poniendo un plazo para recibir impugnaciones. Y quienes estén interesados pueden acceder al currículum del candidato y hacerle preguntas también. 

Pero bueno, tenemos que esperar a ver qué pasa primero con el tema del requisito y después si hacen cumplir este decreto o no.

RP.- ¿Creen que la Justicia le dará impulso a este decreto?

Nosotros creemos que la justicia debería determinar primero si Conte Grand puede ser presentado o no como posible procurador. Una vez que se resuelva eso -supongamos que dijera que sí, que no se aplique ese artículo de la constitución o algo por el estilo- ahí nosotros pedimos que se haga esta cuestión de publicidad para poder impugnar.

Comentá la nota