Una ordenanza dispuso multar a quienes alimenten a animales en la calle

Una ordenanza dispuso multar a quienes alimenten a animales en la calle
Una ordenanza del Municipio de Diamante estableció multas que van de los 25 a los 100 pesos a quienes alimentes a animales con o sin duelo en la vía pública porque esos depósitos de alimentos “provoca molestias a otros ciudadanos".
La polémica se generó por un artículo de la norma que declara a Diamante como Municipio Pro Vida Animal, que sanciona el depósito de alimento con destino a animales en la vía pública, parques y plazas o cualquier espacio en que puedan provocar molestias a otros ciudadanos.

La Ordenanza municipal que declara a Diamante como Municipio Pro Vida Animal, regula el trabajo que se realiza desde el Estado en materia de sanidad animal, y promueve el control de la población canina y felina a través de la educación para la tenencia responsable, la esterilización de mascotas y la promoción del bienestar de la población.

Con estos propósitos, establece que la esterilización, vacunación y desparasitación será gratuita y realizada por el veterinario municipal, responsable del Área de Sanidad Animal. En este punto define que serán prioritarios los casos de familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

Aunque el proyecto es amplio en sus contenidos y fue debatido largamente por todos los bloques que lo aprobaron por unanimidad, hubo un inciso que llamó la atención de muchos y generó polémica. Es aquel que establece sanciones para quienes les den de comer a los perros de la calle en la vía pública.

Concretamente, el inciso a) prohíbe: "El depósito de alimento con destino a animales con o sin dueño en la vía pública, parques, plazas y jardines públicos o cualquier espacio que puedan provocar molestias a otros ciudadanos". Más adelante, la norma expresa: "Las personas que infrinjan las prohibiciones detalladas serán pasibles de una multa entre 25 y 100 unidades establecidas en el Código de Faltas Municipal".

Reacción

El primero en alzar la voz contra esta iniciativa fue el médico veterinario Emilio Herdt. En un comunicado, sostuvo: "En lo que disiento y estoy en desacuerdo es cuando por intermedio de la ordenanza se pretende prohibir ciertas prácticas comunes y sancionar con multas el depósito de alimentos con destino a animales en la vía pública". A la vez reclamó no sancionar "a las personas de corazón sensible que se apiadan de esos animales desprotegidos que buscan su sustento".

Herdt también se manifestó en contra de la aplicación de multas a los dueños de mascotas por los destrozos y suciedades que ellas puedan ocasionar en la vía pública. Dichas multas "no tendrán parangón y serán más redituables al Municipio cuando se apliquen con igual criterio a las personas que destruyen bienes públicos en plazas, baños, colegios, terminales, ó cuando a plena luz del día se lo encuentre a un individuo orinando con total desparpajo detrás de un árbol o en el recodo de algún garaje", dijo.

Muchos diamantinos se sumaron al debate a través de la red social Facebook. Por esa misma vía, la protectora Huellitas lanzó una campaña de recolección de firmas para pedir que se vete el artículo y puso planillas en varios comercios de la ciudad. Las firmas acompañarán un proyecto del bloque del Frente Progresista Cívico y Social, para derogar el inciso a) del artículo 13.

Las posiciones

Si bien la norma fue aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante, una vez que se generó la polémica los bloques del radicalismo y el PJ sentaron posición.

Los radicales, Francisco Muñoz y Pilar Soldini se hicieron eco del reclamo de Huellitas y decidieron presentar un proyecto derogando el inciso.

En sus Fundamentos, aseguran que el inciso en cuestión "mereció objeciones por nuestra parte que no fueron receptadas, sancionándose como lo tenemos dicho un proyecto de consenso en un tema que preocupa y ocupa a toda la ciudadanía".

Agrega además que "así las cosas, en dicho inciso evidentemente la repercusión pública no ha sido lo feliz que esperábamos y es de buena técnica legislativa y mejor costumbre ciudadana reconocer los errores -que en nuestro caso- se cometieron y dejar sin efecto lo que no se corresponde con la realidad".

Los ediles radicales entendieron que "se han volcado razones más que suficientes para dejar sin efecto dicho inciso derogándolo".

El bloque justicialista prefirió aclarar los alcances de la ordenanza y los fundamentos que motivaron su actual redacción, en un escrito en el que destaca: "Desde ya, queremos dejar en claro que de ninguna manera esta ordenanza pretende afectar a los animales de nuestra ciudad menos aún a aquellas personas solidarias para con ellos, sino que por el contrario su verdadero objeto es su protección y bienestar", sostiene.

El escrito

A continuación se transcribe el escrito de los Concejales del Frente Justicialista para la Victoria, en el que expresan sus argumentos:

A lo largo de esta semana mucho se ha hablado respecto de la Ordenanza Nº 1114 que establece un "Programa de Tenencia Responsable y Sanidad Animal Sustentable".

Este proyecto, cuyo texto originario correspondió a la presentación formulada por los Concejales del Frente Progresista Cívico y Social, fue arduamente trabajado en comisión legislativa para formar un plexo normativo que contemple de manera integral la protección de la salud Animal y que el mismo sea sostenible en el tiempo. El texto originario de 4 arts. fue reelaborado con la participación de los tres bloques, concretando una ordenanza de 16 artículos, la cual fue consensuada y aprobada por los 11 Concejales.

La misma fue elaborada con absoluta seriedad, recogiendo datos significativos otorgados por el Veterinario Municipal Dr. Luis Grancelli y también datos estadísticos de los distintos centros de salud, proporcionados por el Dr. Matías Tonellier, sobre enfermedades parasitarias transmitidas por los perros. Siempre preocupados por el bienestar animal y teniendo como premisa fundamental la salud pública se consultó distintas bibliografías de Municipios de la Argentina y el Protocolo 2008-2012 de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en cuanto a la sanidad animal y las distintas zoonosis donde perros y gatos son vectores y portadores de enfermedades parasitarias.

A lo largo de la presente, pretendemos informar a los diamantinos, cuál es el verdadero alcance de la ordenanza y los fundamentos que motivaron su actual redacción.

Desde ya, queremos dejar en claro que de ninguna manera esta ordenanza pretende afectar a los animales de nuestra Ciudad menos aún a aquellas personas solidarias para con ellos, sino que por el contrario su verdadero objeto es su protección y bienestar.

LAS PALABRAS DEL VICEINTENDETE.

Daniel Chemes, vice intendente de la ciudad de Diamante, confirmó a Radio La Voz que el HCD de esa ciudad “se ha sancionado una ordenanza que prohíbe alimentar los perros de la calle”.

“Lo que sucedió es que fuimos notando que hay vecinos que con toda buena voluntad, le dan de comer a los perros en la puerta. Después, el perro se aquerencia, pero son animales que a veces pueden reaccionar mal. A mí uno casi me muerde”, indicó.

De esta manera, una comisión de Salud analizó la problemática, “se discutió, se analizó en Comisión, se debatió en el recinto, y los bloques dieron su voto afirmativo, para luego ser promulgada por el Ejecutivo”.

Chemes aclaró que “no es el espíritu nuestro atarle la boca al perro, ni condenar al que le da de comer. Vamos a hacer una campaña de concientización para que el vecino solidario que haga esto, lo meta al perro a la casa”, apuntó, “así el animal no está esperando que le abran la puerta para que le den la comida, porque muchas veces, con estos calores, se descomponen con el calor”.

No obstante, Chemes aclaró que “el municipio tiene un servicio de sanidad animal, y también organizamos operativos barriales de castración”.

Finalmente, Chemes señaló que se está trabajando en la ordenanza para adherir a la ley provincial de prohibición de prostíbulos.

Diamante Municipio Pro Vida

El Art. 1 de la Ordenanza, reza:

"Declarar al Municipio de la Ciudad de Diamante, como Municipio Pro-Vida Animal, entendiéndose por el mismo el control de la población animal a través de la educación, la tenencia responsable, la esterilización y la promoción del bienestar animal".

Es decir, que esta ordenanza tiene 4 pilares fundamentales: 1)- La educación; 2)- La tenencia Responsable, 3)- La esterilización y 4) la Promoción del Bienestar Animal.

A tales fines, se instrumentan medidas tales como la esterilización quirúrgica, disponiendo el desarrollo y ejecución de un plan para lograr el adecuado control de la natalidad de los animales a través de la esterilización quirúrgica sostenida.

¿Qué es la esterilización Quirúrgica? Es un método quirúrgico que ayuda a evitar en forma eficaz, seguro y al 100% la reproducción indiscriminada o no deseada de perras y perros. Sin olvidar que también es el método más acertado para evitar que algunas enfermedades hereditarias en los perros, continúen propagándose. Sin dudas este método podría evitar la eutanasia y abandono de millones de perros y gatos cada año.

La esterilización es la única solución viable para el grave problema de la superpoblación animal, pues trae a los dueños de animales esterilizados una serie de ventajas; crea conciencia de que la solución al problema del sufrimiento de los animales en las calles y la transmisión de enfermedades está en sus propias manos y muestra resultados en el corto, mediano y largo plazo.

La ordenanza establece que la esterilización, como así también la vacunación y desparasitación sea gratuita, a través del Veterinario Municipal, quien arbitrará los medios necesarios para que dichas acciones sean sostenidas en el tiempo, siendo prioritarios para aquellas familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

Para ello se arbitrará una campaña publicitaria de difusión masiva, contemplada en la ordenanza, para llevar adelante una amplia información pública donde se especifique: puntos estratégicos, días y horarios para la vacunación y desparasitación masiva en Barrios, Centros Vecinales, Entidades de Protección Animal, etc.

Maltrato animal

La ordenanza establece un marco de protección para aquellos animales que se encuentren en situación de maltrato. Así, promueve la denuncia del maltrato animal, abandono, utilización de los mismos con fines de lucro o práctica que les provoque sufrimiento o daño injustificado; de la permanencia prolongada de animales en terrazas, balcones y similares donde sufran las inclemencias del tiempo, exposición directa y prolongada a la radiación solar o lluvia. También denunciar la presencia de perros potencialmente peligrosos como guardianes de obra en las que no se dispongan de cerramientos adecuados que impidan el acceso del animal a la vía pública.

Tenencia animal responsable

Es fundamental para la protección de los animales que la tenencia sea responsable; es muy difícil pensar e instrumentar un programa eficaz si este no es sustentable en el tiempo.

La tenencia Responsable, refiere al conjunto de obligaciones que adquiere una persona o familia cuando decide adoptar una mascota para asegurar el bienestar de los animales, de las personas y del entorno.

Es por ello, que la ordenanza prevé la castración de machos y hembras, vacunación y desparasitación periódica. Impedir que los animales domésticos deambulen por la vía pública con el fin de esparcimiento ó de desechar sus heces.

Establece una serie de prohibiciones, que tienen precisamente como único objeto, crear conciencia en la sociedad, a los fines de adoptar conductas de tenencia responsable y así evitar la proliferación de enfermedades infectocontagiosas transmitidas por los perros sanitariamente no atendidos. Es necesario, que quien decida tener un animal como mascota lo haga con la debida diligencia y cuidado, por el bienestar mismo del animal y de la sociedad en su conjunto.

Estas prohibiciones, de ninguna manera pretenden afectar a los animales, a sus benefactores y mucho menos tener fines recaudatorios.

Así prohíbe:

Inc. a-Depositar alimento con destino a animales con ó sin dueño en la vía pública, parques, plazas y jardines públicos ó cualquier espacio que puedan provocar molestias a otros ciudadanos.

Inc. b-El acceso de animales en locales ó recintos de espectáculos públicos, actividades recreativas, oficinas públicas y centros sanitarios, salvo se trate de perros lazarillos, perros- guía ó animales que acompañen personas con aluna discapacidad.

Inc. c-La presencia de animales en zonas destinadas a juegos infantiles, parques y jardines, los propietarios deberá tomar medidas necesarias para que los animales no molesten a otros usuarios.

Inc. d-Ensuciar la vía pública con los excrementos de los animales. Mientras no existan zonas adecuadas para ello, las personas que acompañen a los animales estarán asociados a ellos como responsables de los daños que realicen.

¿Por qué estas prohibiciones? Por una cuestión de salubridad pública. Sabido es que un animal que no esté debidamente desparasitado y vacunado es vector de enfermedades. Los huevos microscópicos de parásitos introducidos en nuestro organismo, pueden desarrollarse y producir sintomatología intestinal (diarreas, constipación, obstrucciones, etc) y sistémica (anemias) que cualquier otro parásito con especificidad humana (tenias, ascaris, etc). Pueden inclusive abandonar el intestino e invadir otros órganos (hígado, pulmón, etc), generando así formas clínicas más graves conocidas como síndromes de larva migrans. Los excrementos de perro son también un reservorio de otro parásito unicelular microscópico llamado giardia dudodenalis, un frecuente agente productor de diarreas en niños y adultos, como de ciertas bacterias enteropatógenas llamadas salmonellas. Es también conocido que las embarazadas deben evitar el contacto con excrementos de gatos si no han desarrollado aún anticuerpos contra la toxoplasmosis por el riesgo de sufrir abortos y/o engendrar un feto con malformaciones. No menos cierto es que la toxoplasmosis también puede ser adquirida por manipular carne cruda o embutidos contaminados, o por comer verduras contaminadas mal lavadas ó con orina de los perros infectados quienes también de ese mismo modo pueden ser el vehículo de propagación de leptospirosis y leishmaniasis.

Además la ordenanza prevé: Propiciar desde la Municipalidad de Diamante la asistencia profesional y de insumos a través de un convenio con ONG vinculadas a la protección animal, permitiendo que las mismas puedan dar albergue a canes de la calle, para luego ponerlos en condiciones sanitarias óptimas y así lograr la reinserción de perros abandonados como acompañantes de personas adultas, como lazarillos, en terapias de discapacidades motrices, para adiestramiento de escuadrones antibombas, narcóticos, seguridad u otros servicios comunitarios.

Otras Cuestiones Contempladas

La ordenanza también contempla la confección de un registro por cada centro de salud donde se consignen datos sobre enfermedades ligadas a animales domésticos y otras zoonosis con la finalidad de coordinar acciones de prevención y profilaxis.

Constituir un "Consejo de Sanidad Animal" como Órgano de Consulta ante problemáticas con animales domésticos. El mismo estará integrado por: el Veterinario Municipal, el responsable de la Coordinación de Salud Municipal, de la Coordinación de las Comisiones Vecinales, un integrante de la ONG o Asociación Protectora de Animales y dos Concejales (uno por la mayoría y uno por las minorías).

Lamentamos las repercusiones y algunas desinformaciones sobre el verdadero objeto de la ordenanza. No obstante ello, como ediles responsables de su función para con nuestra sociedad, queremos manifestar que estamos abiertos al diálogo con todos los ciudadanos y organizaciones, a los fines de intercambiar opiniones respecto al tema, y de tomar las medidas adecuadas para lograr un consenso social. Sentimos que se haya desvirtuado el alcance real de la Ordenanza, y manifestamos que haremos las modificaciones que sean necesarias, priorizando el interés general de toda la ciudadanía Diamantina.

"Nos preocupa la sanidad de nuestros animales, su control, y generar patrones de conducta, que beneficien a una tenencia responsable".

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