Ordenan "arresto domiciliario" masivo para presos en situación de riesgo alojados en cárceles y comisarías de la Provincia

Ordenan

La medida beneficia a una universo de 750 presos que revisten condición de vulnerabilidad sanitaria por considerarse "población de riesgo" frente al Covid-19, aunque excluye, en una primera instancia, a acusados de delitos graves como homicidios, violaciones, o delitos encuadrados en violencia de género.

Por: Albino Aguirre

La Justicia bonaerense ordenó esta noche el inmediato “arresto domiciliario” a todos los detenidos alojados en cárceles y comisarías de la Provincia, que integren la “población de riesgo” de contagio, una lista que incluye a personas mayores de 65 años, y presos con afecciones crónicas, a mujeres embarazadas y a madres que cumplan condena con hijos en prisión, que deberán ser enviados a sus domicilio, mientras dure la pandemia por Covid-19

La resolución “HACE LUGAR, durante el período de vigencia del aislamiento social preventivo  obligatorio decretado por el Poder Ejecutivo Nacional, al ARRESTO DOMICILIARIO –las mayúsculas son copia textual del fallo- de las personas detenidas por la comisión de delitos LEVES, y que es encuentren en situación de riesgo por edad o por patologías preexistentes”.

Entre ellos, enumera a “mujeres embarazadas o madres con hijos menores alojados en unidades penitenciarias”, además de la "población de más de 65 años”, e incluye “a los condenados sin sentencia firme, en los casos que los procesados y condenados se encuentren en un plazo de seis meses anterior a alcanzar el extremo objetivo temporal previsto para obtener la libertad asistida o condicional”.

La resolución judicial a la que accedió INFOCIELO, excluye a quienes estén en prisión acusados o condenados por delitos graves como homicidios o por uso de arma de fuego; abusadores, violadores y encuadrados en delitos vinculados a violencia de género, aunque habilita a sus jueces naturales a resolver caso por caso, o bien garantizarles condiciones de alojamiento que garanticen su seguridad sanitaria.

Con relación a ese universo, la Justicia entendió que “corresponde disponer que cada situación sea analizada por parte del Juzgado o Tribunal que tiene a cargo cada caso, evaluando la necesidad u oportunidad de disponer una medida de arresto domiciliario”, pero aclara que, “en ese caso, y cuando corresponda, deberá resguardarse la integridad psicofísica de la víctima”, o bien “asegurar el aislamiento sanitario dentro de la Unidad Penitenciaria donde cada uno se encuentra alojado”.

La medida había sido solicitada por los 19 defensores departamentales, con foco, particularmente, en el sector de la población de riesgo que permanece en prisión a título de preventiva, alojados en cárceles y comisarías en situación de hacinamiento, a partir de una recomendación efectuada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 3 de abril último. El organismo había reconocido la “gravísima situación de las personas privadas de la libertad” en una resolución en la que instó a los Estados, “a reducir la superpoblación en los centros de detención, a los efectos de contener la pandemia” de Coronavirus.

La resolución que firmó el Tribunal de Casación Penal de la Provincia, y que, ahora, deberá hacerse efectiva, “beneficia” con la morigeración de la pena –“prisión domiciliaria”- a un universo cercano a los 750 presos, de una población carcelaria que supera las 50 mil personas.

La disposición aclara, además, que a partir del presente, todos los casos que se presenten ante la Justicia encuadrado en la situación de crisis carcelaria y población de riesgo, deberán ser puestos en prisión “domiciliaria” si la Justicia determina que la causa que se instruye contra un imputado requiere una medida de restricción de la libertad.

Además, atento la situación de crisis carcelaria vigente en el Servicio Penitenciario bonaerense, se insta a los jueces a “racionalizar el uso de la prisión preventiva”, e, incluso, a “revisar” las que ya fueran dictadas conformando una superpoblación carcelaria con récord histórico de hacinamiento.En la presentación, los peticionantes aseguran que la población penitenciaria, se encuentra especialmente la vulnerable frente a una enfermedad altamente contagiosa como el COVID-19 “dado el hacinamiento  y los problemas para acceder a una rápida atención médica en el encierro, máxime considerando la sobrepoblación existente” tanto en Cárceles como en Comisarías de la Provincia de Buenos Aires. Además, subrayan “la falta de un acceso adecuado a la salud”, además de “las condiciones deplorables de un hábitat que atenta contra ello, como también la habitual escasez de comida y elementos de limpieza”

En ese marco, los peticionantes interpretaron que si el virus ingresara al ámbito carcelario de las comisarias, “en las actuales condiciones”, “se produciría una catástrofe humanitaria de enormes dimensiones”.

Aclaran, además, que dada la situación de pandemia que rige a nivel mundial, “deben tenerse presente las Resoluciones 13/20 y 386/20 de la Suprema Corte de Justicia, que autorizan, en las actuales circunstancias, a resolver dichas presentaciones a través de la Presidencia de este Tribunal, es decir de modo unipersonal”.

Fuentes judiciales consultadas por INFOCIELO aclararon, no obstante, que pese a que la resolución lleva la firma del titular del cuerpo, Victor Violini, la decisión contó con el aval del resto de los magistrados de la órbita penal.

En efecto, en la resolución, el juez firmante aclara que “he mantenido comunicaciones previas con todos mis colegas del Tribunal de Casación Penal, por lo que aunque la firma del presente será sólo la del suscripto, la decisión que aquí corresponde plasmar de aquí en adelante, se ha adoptado por mayoría de opiniones” en ese sentido.

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