Nuevos requisitos: Intendencia de Montevideo actualizó documentación para habilitación de transporte de combustibles

Nuevos requisitos: Intendencia de Montevideo actualizó documentación para habilitación de transporte de combustibles

Se prevén habilitaciones “por primera vez” a partir de Decreto de ANCAP liberalizando carga en Plantas de Distribución.

Tal cual fue informado por Surtidores el 11 de enero, ANCAP adoptó la resolución de liberalizar el transporte de carga del combustible en Uruguay.

Hasta el mes de diciembre solo se habilitaba la carga en sus  plantas a las unidades que se encontraban registradas en la base de datos del ente por contar con un permiso, aunque según informa el referido Decreto “a partir de ahora, se autorizará a cargar a todas las unidades que soliciten ingreso y que acrediten el cumplimiento de la normativa técnica existente”.

Precisamente a partir de allí y pensando en una mayor afluencia de este tipo de camiones a las Plantas de ANCAP,  que demandarán habilitación en la categoría “por primera vez” la Intendencia Municipal de Montevideo a través del Servicio  de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (SIME), con fecha 8 de febrero de 2019, actualizó su normativa “Habilitación – Transporte de combustible en Camiones Tanque”.

El referido Servicio de la comuna capitalina establece la presentación de un Formulario de Declaración Jurada proporcionado por el SIME (http://www.montevideo.gub.uy/sites/default/files/biblioteca/declaracionjuradasime16-08-16_4.pdf) , con timbre profesional,  adjuntando Planos del proyecto del tanque y memoria descriptiva, certificados por Ingeniero Mecánico Industrial registrado en el SIME (original impreso con timbre profesional y copia digital en formato PDF).

Es importante tener en cuenta que para vehículos matriculados en el interior (que transportan desde las plantas) se solicita certificado notarial constituyendo domicilio en Montevideo, al tiempo que para aquéllos vehículos que distribuyen a partir de las Estaciones de Servicio de la Capital deberán estar matriculados en Montevideo sin excepciones.

OTRA DOCUMENTACIÓN

Además de estas requisitorias, el decreto establece la presentación de fotocopia de cédula de identidad del interesado (firmante de la declaración jurada), fotocopia de la libreta de propiedad del vehículo, certificado de la Sociedad Uruguaya de Control Técnico Automotriz (S.U.C.T.A.), calibrado del vehículo expedido por el LATU y libreta del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P.)

En el momento que se presenta la solicitud de habilitación, se fijará la fecha de realización de la prueba hidráulica y/o neumática del vehículo en el lugar que disponga el propietario con 48 horas de antelación.

Por otra parte, en materia de costo, según informó el SIME a Surtidores, el mismo “estará sujeto a la capacidad del vehículo”.

Toda la documentación deberá ser presentada en la IM de M Piso 9 – Oficina 9021 al tiempo que cualquier duda al respecto, podrá ser evacuado a través de tel.1950  interno 3442, según informó el SIME.

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