Nuevo revés para UBER en la Justicia

Nuevo revés para UBER en la Justicia

La batalla judicial contra UBER no cesa. La causa avanza en el fuero Contencioso.

Una asociación de consumidores, un conductor de UBER, y del propio Sindicato de Conductores de Taxis cuestionaron la medida cautelar dictada en el mes de abril, en la que se ordenó al Gobierno de la Ciudad que arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa UBER en el territorio porteño, confirmó el portal judicial.

Sin embargo, este martes la Cámara de Apelaciones del fuero Contencioso Administrativo y Tributario, rechazó y desestimó los planteos, entendiendo que gran parte de los cuestionamientos efectuados deberían ser abordados en la sentencia definitiva, y no en una instancia previa como es el dictado de una cautelar.

La misma, expresó en relación a varios recursos de apelación planteados contra la resolución dictada en el mes de abril por el juez de primera instancia Víctor Trionfetti, en la cual ordenó “al GCBA que de modo inmediato arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa UBER.

En tanto, los integrantes de la Sala analizaron en primer lugar la apelación planteada por la asociación de consumidores, centrada en que no hay controversia entre las partes ya que la posición del GCBA y la de la actora –el Sindicato de Peones de Taxi de la Capital Federal- era coincidente, y en que en la medida cautelar dictada en primera instancia no hubo un análisis pormenorizado de los derechos de los usuarios y no se les dio intervención. “No se advierten razones por las que, en el estado primario en el que se encontraba el proceso, habría de haberse dado intervención a alguna asociación de protección de derechos usuarios y consumidores”, sostuvieron los jueces resaltando que “el juez de grado hizo especial hincapié en la legislación nacional y local en la que se regula su protección, y en la situación de éstos”.

La apelación planteada por el chofer de UBER cuestiona la medida cautelar por entender que prohíbe el “transporte privado que brinda”, frustrando sus derechos constitucionales y despojándolo “del único medio con que hoy cuenta para poder obtener una fuente adicional de ingresos”. Además agregó que “La evaluación del profuso e integral desarrollo de sus agravios es más bien propia de la sentencia de mérito que de una cautelar”

En la sentencia, los camaristas hicieron una mención especial al tratamiento de conflicto planteado por UBER también en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas, con el dictado de numerosas medidas a fin de detener el funcionamiento de la actividad de transporte por medio de una aplicación.

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