Los municipios misioneros se recategorizarán automáticamente según los censos nacionales

Se modificó la Ley XV Nº 8 para que las categorías a las que pertenecen los municipios misioneros se actualicen automáticamente según los datos de los censos nacionales de población. La propuesta, presentada por el diputado Adolfo Pischik, fue sancionada en la noche del jueves por la Legislatura provincial.
En la Constitución provincial se determina que las categorías de los municipios se deben establecer de acuerdo a su cantidad de habitantes. Pueden ser de primera, segunda o tercera categoría.

La Ley XV Nº 8 enumeraba los municipios que pertenecían a cada una de estas categorías, según los datos del censo de población del año 2001. El último censo, realizado en el año 2010, refleja las variaciones que se produjeron en sus cantidades de habitantes, por lo que corresponde la actualización de estas categorías.

En los fundamentos del proyecto, Pischik explica que “la sustitución es necesaria porque la legislación vigente plantea un problema práctico, tal es el caso de un número importante de municipios que según el último censo realizado pasan a ser de primera categoría, por lo cual quedan habilitados para dictarse su propia Carta Orgánica y para elegir a 7 concejales; pero el artículo de la ley que se modificó los califica erróneamente como de segunda categoría”.

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