El municipio recurre al TSJ por la estatización del servicio de agua

El municipio recurre al TSJ por la estatización del servicio de agua

El asesor letrado y secretario de Gobierno de la Municipalidad de Carlos Paz, Juan Villa, brindó ayer una conferencia de prensa donde anunció que apelarán el fallo de la Cámara Contencioso Administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en el marco del conflicto con la cooperativa por el servicio de agua potable.

El asesor letrado y secretario de Gobierno de la Municipalidad de Carlos Paz, Juan Villa, brindó ayer una conferencia de prensa donde anunció que apelarán el fallo de la Cámara Contencioso Administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en el marco del conflicto con la Coopi por el servicio de agua potable. El funcionario destacó que la Justicia consideró que el contrato de concesión se encuentra extinguido y que, por lo tanto, el servicio le pertenece al municipio.

Tras haber realizado una explicación de los alcances del fallo, Villa dijo que apelarán los puntos que fueron rechazados por la Cámara y que hacen referencia a la forma en que debe realizarse el traspaso del servicio. "Hoy por hoy, está más que claro que el servicio es nuestro y ya no hay más vínculo legal con la Cooperativa Integral. Esta es una cuestión sumamente importante y lo que se está diciendo es que no hay más contrato. No hay ninguna posibilidad de la firma de un nuevo contrato con la Coopi, salvo que lo pida la ciudadanía a través de un referéndum"; dijo.

Ante los medios de prensa que se congregaron en la sala de acuerdos del Palacio "16 de Julio", el asesor letrado reconoció: "La primera impresión es que con exceso y con holgura es un fallo que convalida la decisión del municipio de extinguir el contrato con la Cooperativa Integral. Se ha consagrado, judicialmente, que no hay más vínculo legal entre la Coopi y el municipio. Se ha rechazado también una afirmación contundente que hizo la Cooperativa, que son los únicos en condiciones para brindar el servicio. La justicia ha dicho que el municipio está habilitado para hacerlo, pero declaró la nulidad de los artículos que determinaban el traspaso de los bienes".

"Lo que dice y que nosotros, respetuosamente, no compartimos es que la parte operativa debe pasar por el Concejo de Representantes. No compartimos porque no vemos en qué se fundamente, la Carta Orgánica es muy clara y se refiere a la municipalización del servicio y si el propio fallo dice que el servicio es municipal, nosotros no advertimos que otra interpretación de municipalización hay al respecto"; agregó el funcionario, quien completó: "La Cámara dice que la situación de la cooperativa hoy es de hecho y no de derecho, entonces, yo no advierto cómo si el propio fallo dice el derecho está terminado puede convalidar entonces el hecho".

Comentá la nota