MULTARÁN A MOVISTAR

En el encuentro entre Movistar y los usuarios, realizado en la sede de Defensa al Consumidor de la Ciudad, la empresa manifestó que compensará a los clientes afectados con el equivalente a tres días de abono. Sin embargo, como no existió acuerdo entre la parte denunciante y la compañía, la empresa podría ser multada.

Durante la tarde de este miércoles se realizó en la sede de Defensa al Consumidor de la Ciudad la audiencia entre Movistar y los representantes de los damnificados por las interrupciones en el servicio que ocurrieron en octubre. Como resultado del encuentro, la compañía de telefonía móvil manifestó que compensará con el valor equivalente a tres días de abono a más de 250 mil usuarios.

La respuesta surge a partir de la intervención de Defensa al Consumidor que, luego de las reiteradas interrupciones del servicio entre el 5 y el 11 de octubre pasados, le solicitó a la empresa un informe en donde especificara las causas que motivaron los cortes, la duración de cada uno de ellos, y la cantidad de usuarios afectados.

Además, le requirió que especifique si se había restablecido el servicio a todos los clientes damnificados y las medidas adoptadas por la empresa, tanto para solucionar estos inconvenientes como para informar a los usuarios en relación a los cortes producidos. También se había contemplado algún tipo de resarcimiento para los usuarios y en dicho caso, en qué consistía y cómo se concretaría el mismo.

"Los cortes en la telefonía móvil implican grandes inconvenientes en el día a día de los usuarios. Por eso, desde Defensa al Consumidor buscamos que las empresas brinden efectivamente un servicio de calidad. Con esta audiencia, desde la ciudad reforzamos el respaldo y el acompañamiento que le damos continuamente a los vecinos", expresó Eduardo Macchiavelli, secretario de Atención Ciudadana.

Igualmente, como la parte denunciante exigió un mayor resarcimiento y no se llegó a un acuerdo en la instancia conciliatoria, ahora la empresa podrá ser sancionada por Defensa al Consumidor.

Las acciones se enmarcan dentro de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Defensa al Consumidor, que establece que "quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos".

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