Muerte Digna: buscan que en San Juan lo decida el médico y no la familia

Muerte Digna: buscan que en San Juan lo decida el médico y no la familia

Se trata de un proyecto de ley que ingresó a la Cámara de Diputados y ya fue girado a comisión. El autor es el legislador del PRO, Eduardo Castro, quien sostiene que el profesional que asiste al paciente debe decidirlo.

La Ley de muerte digna se sancionó en 2012 generando una polémica entre distintos sectores de la sociedad argentina, inclusive en 2015 la Corte Suprema de Justicia reconoció el derecho de todo paciente a decidir su muerte digna. En este contexto, el diputado provincial del bloque Juntos por San Juan, Eduardo Castro, creó un proyecto de ley para que la “muerte digna” sea decidida por un médico profesional y no por el paciente o el entorno familiar.

A diferencia de lo ocurrido en algunos casos a nivel nacional, en los que el paciente se encontraba en estado terminal, irreversible, la misma persona enferma o su entorno fueron quienes solicitaron o decidieron el fallecimiento a instancias de un juez, esto no sería así. Castro indicó que la intención es que en la provincia la decisión de la “muerte digna” sea ejecutada por un profesional de la salud y no por familiares o el propio enfermo.

El proyecto tiene 30 artículos pero lo que se plantea principalmente es el derecho a una atención de calidad, sin discriminación racial, religiosa, política, sexual y derecho a la intimidad. Además del derecho a la información veraz y escrita por parte de los profesionales ya sea del ámbito público o privado. Uno de los puntos fuertes es el consentimiento informado a disposición personal que tiene el paciente para aceptar o no un tratamiento o una intervención quirúrgica. En este proyecto a diferencia de la ley nacional hay tres puntos básicos: La hidratación, la alimentación y las medidas de soporte vital.

“Hace algunos años se sancionó la ley de Muerte Digna que es una forma de eutanasia. Le permitía al paciente o a familiares retirarles las medidas de soporte vital a una persona, es condenarlo inmediatamente a la muerte”, sostuvo el legislador.

En referencia a un caso y el modo de aplicación de la ley, el diputado dijo que conoce “casos extremos, inclusive en San Juan. Hay un chico que tiene un problema de médula, va a tener de por vida un respirador y facilitarle la disposición al tutor o padre, dado que se trata de una enfermedad irreversible y autorizarlo a retirarle el respirador artificial es matarlo. En ese caso, eso no puede estar sujeto a la decisión del paciente o entorno y tiene que ser una decisión del médico que lo esté asistiendo, confiando en el juramento de un médico que se basa en salvaguardar la vida o mejorar las condiciones en las que se está desarrollando la vida de esas personas”.

El proyecto de Castro tomó estado parlamentario la sesión anterior y fue girado a comisión para ser tratado. Ahora el presidente de la Comisión de Salud deberá decidir cuando se tratará el proyecto aunque se espera que primero sean revisados los enviados por el ejecutivo.

Un antecedente no muy lejano de esta aplicación fue cuando en 2015 la Corte confirmó la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén sobre el caso de un paciente que, a causa de un accidente de auto, estaba postrado desde 1995.

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