Los ministros del STJ cuestionados responden a los legisladores

Los ministros del STJ cuestionados responden a los legisladores
Los tres jueces cuestionados por una acción de inconstitucionalidad que contó con la adhesión del bloque oficialista de Diputados, expresaron que se trata de “un nuevo acto de agresión con intencionalidad netamente política” con la intención de “presionar a los jueces que integran el Superior Tribunal ad hoc”.

Comunicado de los ministros del Superior Tribunal de Justicia, Ramón Avalos, Ricardo Franco y Rolando Toledo, respecto a la adhesión de diputados provinciales a la acción de inconstitucionalidad:

La mencionada adhesión es un nuevo acto de agresión con intencionalidad netamente política, habida cuenta que ni la Cámara de Diputados del Chaco, ni los diputados que la integran, son parte en la causa judicial que tramita por Expte. N° 69.122/10 del Superior Tribunal de Justicia ad hoc que entiende en la misma. Por lo tanto, ninguna trascendencia ni eficacia judicial tiene en dicho proceso, salvo la de presionar a los jueces que integran el Superior Tribunal ad hoc que debe dictar oportunamente sentencia definitiva.

Por otra parte, la propia Cámara de Diputados tiene desde el año 2008, varios proyectos de ley para determinar el sistema de selección y designación de Jueces del Superior Tribunal de Justicia, sin que nunca se haya sancionado ni aprobado ninguno de ellos. Cabe recordar que el primer proyecto presentado por el Sr. Gobernador Jorge M. Capitanich, fue el que tramitó por Expte. N° 663/08 del parlamento, por el que tenía como objeto “introducir el concurso público de antecedentes y oposición como método de selección de los miembros del Superior Tribunal de Justicia”, lo que implica reconocer que antes no se exigía dicho concurso, habida cuenta que “introducir” significa “establecer, hacer uso” (de acuerdo al diccionario de la lengua española).

Y lo que es más grave: existe una Ley específica que rige dicha selección y designación de los Jueces del Superior, sin concurso de antecedentes y oposición; la Ley 5.399, que mantiene su vigencia sin que haya sido modificada ni derogadas, la que instauró un sistema parecido al existente en el orden nacional para los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Lo más demostrativo de la falta de importancia que en la realidad judicial tiene dicha acción de inconstitucionalidad, es que a casi dos años y media de iniciada, aún no se ha notificado el traslado de la demanda a ninguno de los tres jueces demandados, lo que habla claramente de que en el fondo, se trata de un nuevo ataque meramente político.

Comentá la nota