La Metropolitana podrá usar pistolas Taser, aptas para torturar

La Metropolitana podrá usar pistolas Taser, aptas para torturar

El Tribunal Superior de Justicia porteño revocó dos fallos que prohibían el uso de las pistolas Taser, consideradas un elemento de tortura por las Naciones Unidas

El gobierno porteño podrá equipar a la Policía Metropolitana con pistolas Taser, una picana eléctrica que a veces causa la muerte. El Tribunal Superior de Justicia de la ciudad, la máxima autoridad judicial porteña, autorizó a utilizar estas pistolas que disparan una descarga de 50 mil voltios durante cinco segundos, a través del disparo de arpones unidos al arma con filamentos electroconductores.

El Comité de la Naciones Unidas contra la Tortura dictaminó que el uso de armas taser puede considerarse una forma de tortura ya que su aplicación causa un intenso dolor pero no deja huellas. Por esto mismo es muy eficiente para disimular que la víctima ha sido torturada. Además, Amnistía Internacional tiene registradas casi un millar de personas que murieron después de haber recibido una descarga de taser. La misma empresa Taser International reconoció en 2005 que su arma puede ser letal.

Ninguno de estos argumentos conmovió al Tribunal Superior de Justicia de la ciudad (TSJ. El Tribunal conformado por los jueces Luis Lozano, Inés Weinberg, Ana María Conde y José Osvaldo Casá revocó una resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña, que en 2013 le había prohibido al gobierno de Mauricio Macri comprar cinco pistolas Taser 26.

Esta prohibición, que respaldaba una resolución de la jueza Andrea Danas, se basaba en que la Convención Contra la Tortura aprobada por la ONU y de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura habían recomendado a los Estados parte no utilizar  las pistolas Taser.

La denuncia había sido presentada por el entonces militante de HIJOS y hoy subsecretario de Promoción de los Derechos Humanos nacional, Carlos Pisoni en representación del Observatorio de Derechos Humanos de la ciudad.

El fallo del Tribunal Superior desconoce el derecho de Pisoni: “el demandante –afirma- carecía de un derecho para cuestionar la licitación destinada a la compra de las mencionadas armas” y calificaron de “conjeturales e hipotéticos” los planteos de PIsoni sobre las Taser “dado que las armas no habían sido adquiridas”.

Uno de los jueces, Lozano, va más lejos aún y objeta que el fallo de primera instancia “parte de suponer que la Ciudad no va a tener en cuenta, en el caso de que decidiera dotar a su personal policial del arma Taser, las recomendaciones del Comité contra la Tortura; dicho en otras palabras, la Cámara presupone que la Ciudad no va a generar, por ejemplo, los protocolos del uso del arma que nos ocupa o que esos protocolos no van a tener en cuenta las recomendaciones del comité”.

Por su parte la jueza Weinberg opinó que la Cámara incurrió “en un exceso en su jurisdicción: interfirieron en la delimitación de lineamientos de políticas de seguridad pública sin fundamento -causa o controversia- que habilite tal interferencia en el ejercicio de una potestad que la misma Constitución local le otorga a poderes distintos del Judicial”.

El fallo del Tribunal de Justicia  da un voto en blanco a un gobierno que tiene como antecedentes los violentos desalojos de indigentes que dormían en la calle por parte de un organismo público -la UCEP- supuestamente creado para protegerlos, o el asalto a un hospital neuropsiquiátrico  en horas de la madrugrada seguida de una escandalosa represión a pacientes, trabajadores, profesionales y vecinos.

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