Por los nuevos parámetros, tendría que pagar hasta un jubilado que gana la mínima.
2 Cómo será el cambio Hasta ahora se toma en cuenta el valor de compra del inmueble, menos una amortización del 2% anual, o el valor fiscal. De ambos se toma el mayor. De prosperar la iniciativa oficial, habrá que computar también el precio de mercado. Así, de los tres valores el contribuyente deberá declarar el más alto.
3 Qué pasará con el tope El mínimo no imponible a partir del cual se paga el impuesto está desde 2007 en $ 305.000. Y por ahora se mantendría sin cambios, aunque Echegaray abrió la posibilidad de elevar esa suma.
4 El impuesto se generaliza Al tomar los precios de mercado, “en principio la mayoría de los propietarios pasaría a pagar bienes personales porque casi no hay propiedades que tengan un valor inferior a los U$S 30.000, que es el equivalente a la base no imponible actual”, le dijo a Clarín la tributarista, Flavia Melzi. Y destacó que cuanto más antigua es la fecha de compra del inmueble, mayor sería el salto del impuesto y la posibilidad de quedar alcanzado por el tributo.
5 Rico con 15 metros cuadrados En Capital Federal, en promedio, los precios de los departamentos rondan entre los U$S 2.000 en la zona sur y unos 3.000 el metro cuadrado en zona norte. Así, un departamento de 70 metros puede oscilar entre los U$S 140.000 y U$S 210.000. La actual base no imponible de $ 305.000 equivale a unos 15 metros cuadrados.
6 Recaudar sin mirar a quién Echegaray dijo que hoy “pagan bienes personales menos de 500.000 contribuyentes, y por muy poco dinero”. De estas palabras se desprende que los cambios no apuntan a mejorar la equidad tributaria sino a recaudar mucho más. Por ejemplo, no dijo que a cambio de recaudar más por bienes personales, se reduciría la alícuota del IVA o lo que pagan los asalariados de Ganancias. Apuntó directamente a incrementar el número de contribuyentes, sin siquiera considerar los ingresos corrientes o la situación laboral o previsional de los propietarios. Por ejemplo, muchos jubilados tienen una única propiedad pero ganan el haber mínimo de $ 2.477. ¿Aún con ese magro ingreso deberán tributar bienes personales? Actualmente la ley de bienes personales no contempla ninguna exención por vivienda única o por cobrar la jubilación mínima.
7 Un ajuste pendiente A pesar de la alta inflación, desde 2007 están alcanzados por Bienes Personales quienes tienen activos gravados por más de $305.000. Ese mínimo no imponible se modificó sólo una vez desde la creación del tributo en 1991. En aquel momento se había fijado en $ 102.300, y su equivalente en dólares, hasta 2002. De haberse mantenido esa cifra hoy debería estar en algo más de $ 1.000.000, más que triplicando el valor actual.
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