Massa, Vidal y un sector del PJ avanzaron con el proyecto que limita la reelección de intendentes

Massa, Vidal y un sector del PJ avanzaron con el proyecto que limita la reelección de intendentes

Se aprobó en Diputados y pasó al Senado. También incluye a legisladores y concejales.Aglaplata

 

La Cámara de Diputados bonaerense dio el primer paso de una anunciada reforma política que establece límites a las reelecciones de los legisladores, intendentes, concejales y consejeros escolares.

En votación dividida y por amplia mayoría, los diputados bonaerenses aprobaron y giraron al Senado el proyecto que permite una reelección en los casos de legisladores, intendentes, concejales y consejeros, quedando en igualdad de condiciones que el gobernador y el vice y también el Presidente de la Nación.

 

El bloque del Frente para la Victoria, de 16 integrantes, decidió abstenerse y el miembro de la bancada de izquierda no acompañó la iniciativa que sí hicieron los bloques de Cambiemos, el Frente Renovador, el peronismo, y el GEN.

 

El proyecto en cuestión llegó al recinto de la Cámara baja luego de obtener el visto bueno en las comisiones de Asuntos Municipales y de Reforma Política y de Estado, y Asuntos Constitucionales y Justicia, y es el resultado de la unificación de seis proyectos de ley presentados oportunamente por los diputados del Frente Renovador Rubén Eslaiman -tres son de su autoría-, Ramiro Gutiérrez y Lisandro Bonelli, y el radical, mandato cumplido ya, Alejandro Armendáriz.

El proyecto propone que "el intendente y los concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelectos por un nuevo período", mientras que "si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período".

 

El tope incluye también a los consejeros escolares cuyos mandatos durarán cuatro años en sus funciones, renovándose por mitades cada dos años y podrán ser reelectos por un nuevo período.

 

Pero como el límite a las reelecciones también incluye a los legisladores se plantea incorporar a la Ley N° 5109 el artículo 13° bis que dice que "los diputados y senadores podrán ser reelectos por un nuevo período", mientras que "si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período".

Durante el tratamiento el diputado Ramiro Gutiérrez (Frente Renovador) consideró que "este tema se plebiscitó en las elecciones pasadas" y que "esta ley es un remedio porque pone un límite a la eternidad en el gobierno que es una forma de generar la corrupción".

Por su parte, el diputado Manuel Mosca (Cambiemos) sostuvo que "este cambio es posible por el compromiso y la decisión de la Gobernadora y el Presidente de impulsar una reforma que va a fomentar un cambio en la manera de hacer política y evitar que nunca más un dirigente se perpetúe en el poder".

 

De sancionarse, la ley tomará el periodo vigente de los intendentes, concejales, consejeros escolares y legisladores como el primero, por lo que sólo podrían renovar su mandato en una elección más.

 

Y se especifica en el articulado que "aquel suplente"; concejal, consejero escolar, diputado o senador que asuma en reemplazo de algún titular "por más de dos años, será considerado como que ha cumplido un periodo a los efectos reelectivos".

 

En contraste, y respecto régimen de incompatibilidades, referidos a "los dobles cargos", en el artículo 8° de la iniciativa se establece que "la presente ley, será aplicable a partir del próximo periodo para el caso de los Intendente y Concejales incursos en las nuevas causales".

 

Se agrega como incompatibilidad, para intendentes y concejales, las de al mismo tiempo ser "funcionario o empleado a sueldo del Poder Ejecutivo nacional o provincial, sea en la Administración central, organismos descentralizados o entes autárquicos, a excepción del ejercicio de la docencia e integrantes de la administración o directorio de sociedades civiles y/o comerciales en las que el Estado seda parte".

 

Asimismo, se repara en la cuestión de aquellos concejales en ejercicio que optaron por renunciar a la dieta y se encuentran percibiendo una suma no remunerativa y compensatoria de los gastos inherentes a la función, quienes "cesan en su derecho a percibir la misma a partir de la entrada en vigencia de la ley".

 

Debido a estos cambios la normativa consigna una dieta mensual para los concejales fijada por el Concejo Deliberantes que no podrá exceder distintas proporciones de una nueva escala que varía según la cantidad de miembros de esos cuerpos.

 

Así se establece como sueldo del concejal el equivalente de hasta dos meses ymedio de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las Comunas de hasta diez Concejales.

 

Y el equivalente de hasta cinco meses de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las Comunas de hasta veinticuatro Concejales, aunque en todos los casos el monto mínimo a percibir por cada concejal "no podrá ser inferior al cincuenta por ciento de la respectiva escala".

 

"Al establecer límites a las reelecciones indefinidas para todos los cargos electivos de la provincia de Buenos Aires, estamos interpretando la voluntad y el espíritu de un sinnúmero de diputados y senadores que han presentado proyectos de esta naturaleza en diferentes períodos legislativos, por lo que compartimos lo expresado en los fundamentos que hacen hincapié en mejorar la calidad de la representación política y de las instituciones republicanas", se destaca en los fundamentos del proyecto de marras que ahora deberá considerarlo en Senado para su eventual sanción.

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