La Justicia le ordenó a un heredero de la familia Cinque retirar los caballos del cerro Dos Huecos

El Municipio logró un paso esperanzador en la Justicia, que le ordenó al heredero de la familia Cinque retirar los caballos que había dispuesto en un sector del cerro Dos Huecos. Fernando Ferrari, quien entiende que la comuna perdió los derechos sobre las tierras donadas por sus antecesores, deberá desocupar el predio objeto del litigio “bajo apercibimiento de hacerse efectivo su lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública”.

La doctora Mónica González Aloritta, titular del Juzgado Civil y Comercial 3, tomó la decisión tras la presentación del secretario de Legal y Técnica, Atilio Della Maggiora, quien había denunciado que Ferrari llevó caballos al paseo en posesión de la comuna. Acompañó su exposición con las actuaciones realizadas por la Dirección General de Inspecciones y Habilitaciones, que constató la presencia de los equinos. 

El litigio comenzó el febrero, cuando tras la feria judicial el Municipio inició un interdicto para retener y recuperar el predio donado por la familia Cinque. Es que en enero, el demandado alambró un sector del cerro y adujo que como la comuna no había cumplido con la construcción del parque -como se había comprometido- tenía derechos sobre un sector que volvería a pertenecer a su madre.   

Los pasos de la causa  

El abogado Atilio Della Maggiora le explicó a El Eco de Tandil que el Municipio interpuso un interdicto, procedimiento bastante abreviado en cuanto a su resolución. Puntualmente en este caso, la intención es retener y subsidiariamente, recuperar la posesión de la propiedad. 

“Es un proceso bastante abreviado desde el punto de vista de los tiempos de su tramitación y un poco por eso lo elegimos. Se interpuso ante los acontecimientos que tuvieron trascendencia pública en el verano”, precisó. Recapituló que por primera vez en enero se comprobaron “actos efectivos de cierta decisión de Ferrari de recuperar el predio y apoderarse físicamente del lugar. Hasta ese momento no había habido ningún tipo de manifestación de ocupación”. 

Tras la feria, en febrero el Ejecutivo presentó el interdicto de retener, que tutela la tenencia o posesión del bien, y que lo puede promover alguien que no sea dueño siempre que esté bajo su cuidado. 

“Lo único que la ley busca es que la relación posesoria sea respetada. Si estoy en posesión de algo no me pueden echar por la fuerza; si quieren que me vaya, me tienen que hacer un juicio para que me vaya”, sostuvo. 

Tras varias diligencias frustradas para notificarlo, a fines de junio Ferrari se presentó espontáneamente y tomó conocimiento del interdicto y de una medida cautelar que dispuso el juzgado de no innovar en el inmueble, es decir, que nadie podía alterar el estado físico y jurídico de la cosa.  Pese a esta situación, hace un mes el Municipio recibió nuevas denuncias que daban cuenta de que Ferrari estaba introduciendo animales al predio, entonces el 4 de julio realizaron otra presentación con estos hechos y solicitaron una medida para el cese, bajo apercibimiento de que se le imponga la 30, una sanción pecuniaria por incumplir una disposición legal. Se trata de una suerte de multa por cada día que transcurra hasta que el demandado acate la resolución.

El letrado del Municipio adjuntó las actuaciones del personal de Inspección que relevó el lugar tras las denuncias y constató, acompañado por dos testigos, que los caballos pertenecían a Ferrari. Las copias fueron anexadas a la causa.

De este modo, a principios de agosto la magistrada intimó a Ferrari a que “en el plazo de cinco días proceda a retirar todos los semovientes que se encuentren en el predio objeto de litigio, como asimismo todo otro elemento que hubiera sido incorporado con posterioridad a la notificación de la medida cautelar, todo ello bajo apercibimiento de hacerse efectivo su lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública”. 

Si bien el abogado Rodrigo López Santoro, representante de Ferrari, contestó la demanda y apeló la medida de no innovar, se formó un expedientillo que fue elevado a la Cámara de Apelaciones de Azul para que la causa pueda tramitar sin que interfiera en la del interdicto.   

Otra discusión  

Si bien Fernando Ferrari argumentó públicamente que intentará recuperar las hectáreas de la familia Cinque porque el Muncipio incumplió el cargo de la donación, para Atilio Della Maggiora ese hecho no es objeto de discusión en la causa por el interdicto. 

Es que al momento de entregar las tierras, el gobierno de Julio Zanatelli se había comprometido a construir un ambicioso parque temático con la réplica a escala del fuerte fundacional, obra faraónica que debía concretarse en 5 años. 

El letrado de la comuna indicó que se trata de una cuestión que “tenemos que discutir” y habrá que esperar a que un juez determine si el Municipio tiene que dejar el lugar. Por el contrario, analizó que Ferrari “interfiere con la posesión, de alguna manera hace justicia por mano propia”. 

“La postura del Municipio es que no hay un incumplimiento del cargo. Esa es la cuestión. El problema es que no podés cumplir el cargo cuando no tenés integrada la totalidad de la propiedad. Cuando ellos hacen la oferta de la donación, en el 2000, se comprometen a llevar adelante el proceso de escrituración correspondiente. No contiene solamente hacer algo materialmente, puedo hacer algo materialmente una vez que tengo la propiedad de la cosa”, argumentó Della Maggiora. 

Es que en ese momento, la familia Cinque firmó una nota de donación que se aceptó por ordenanza y en un acto público por el aniversario de Tandil se anunció el proyecto. Posteriormente, sólo 39 de las 108 partes indivisas del predio fueron escrituradas en favor del Municipio, ya que algunos herederos no habían culminado sus sucesiones, otros fallecieron y una parte no estuvo de acuerdo con entregar las tierras. 

Hoy la voluntad del Ejecutivo es que el predio permanezca dentro del patrimonio municipal porque además está incorporado públicamente como un paseo donde se realizan diversas actividades deportivas y recreativas.  Por otra parte, esas hectáreas están preservadas por el Plan de Desarrollo Territorial y no está permitido construir, por lo tanto las posibilidades de utilizar esas tierras son prácticamente nulas.  En este sentido, el secretario de Legal y Técnica fundamentó que la donación también suponía que debía reflejarse en la escrituración y las partes no se negaron a firmar.

En tanto, el Municipio no pudo cumplir con el cargo hasta que no estuviera regularizado el dominio porque se trata de un predio indiviso, que originalmente era de varios propietarios. 

Por último, evaluó que el demandado y su abogado “se defienden en el proceso de interdicto con cuestiones que son ajenas a la posesión. En el interdicto lo único que se puede discutir es si el Municipio tenía o no la posesión, y ellos pretenden defenderse diciendo si el Municipio tiene o no derecho a tener el predio hoy. Es una discusión ajena al interdicto”.

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