La justicia, a favor del descanso dominical

La justicia, a favor del descanso dominical

A dos días del vencimiento de la conciliación obligatoria, consideró constitucional la ley provincial y la ordenanza local.

 

A 48 horas del vencimiento de la conciliación obligatoria que frenó 119 despidos en las grandes cadenas de supermercados, la Justicia volvió a expedirse a favor del descanso dominical planteando la constitucionalidad tanto de la ley aprobada por la Legislatura provincial como de la ordenanza que la ratifica en Rosario. Se trata de un fallo de la jueza de Civil y Comercial Nº 2, Julieta Gentile, que, ante la presentación de la cadena Coto resolvió sobre la cuestión de fondo en contra del pedido de inconstitucionalidad interpuesto por la empresa, como ya lo había hecho en el caso de Carrefour a principio de julio pasado. Mientras tanto el conflicto promete continuar ya que, tras una prórroga, el viernes se termina la conciliación dictada por el Ministerio de Trabajo santafesino y los empresarios ratificaron su decisión de achicar su planta de personal ante las pérdidas por el cierre dominical.

Las presentaciones argumentando la "arbitrariedad" de la normativa y el planteo de inconstitucionalidad dado que "regulan sobre jornada laboral invadiendo competencias atribuidas al Congreso Nacional" fueron hechas por el sector empresario, y tanto la acción de amparo de Carrefour como la Coto recayeron en el juzgado de Gentile.

Ya a principios de julio, la magistrada se expidió sobre el caso Carrefour, en un fallo de primera instancia que fue ratificado por la Cámara de Apelaciones el 20 de julio pasado. Tras rechazar también en el caso de Coto una medida cautelar que frenara la aplicación de ley, ayer con similares argumentos lo hizo sobre la cuestión de fondo, donde de igual modo resolvió a favor de la constitucionalidad de la llamada ley Nº 13.441.

Tal como lo hizo en el fallo del caso Carrefour, la jueza recordó que "la declaración de inconstitucionalidad de las leyes debe ser procedente cuando la repugnancia con la cláusula constitucional es incontrastable", y consideró que el eventual perjuicio planteado por los supermercados "es opinable, discutible; es merecedor de reflexiones producto de un análisis profundo y técnico que escapa y desnaturaliza al amparo".

Además, hizo hincapié en que "los jueces tienen vedado examinar la oportunidad, mérito o bondad de las normas cuestionadas; en suma si las mismas son nocivas, convenientes o perjudiciales a los intereses públicos", y recalcó que "el control de constitucionalidad no conlleva revisar los contenidos políticos de los actos emanados de otros poderes del Estado y de su justicia en abstracto".

En ese sentido, sumó: "El argumento de la carencia de igualdad y trato discriminatorio ensayado por la amparista evidencian una simple expresión del desacuerdo con la normativa atacada en base a una «particular y parcial» interpretación y visión de los hechos y derechos comprometidos en la cuestión sometida a mi conocimiento", y así desestimó el planteo.

Conflicto

Ni las audiencias en el Ministerio de Trabajo ni la prórroga de la conciliación obligatoria dictaminada ante el despido de 119 trabajadores de las principales cadenas de supermercados, que se extiende hasta el viernes, lograron acercar las posiciones del Sindicato de Empleados de Comercio y los empresarios, quienes ratificaron en todos los encuentros que procederán al despido de personal una vez que este proceso llegue a su fin.

Los telegramas habían sido enviados a los trabajadores durante la semana anterior a la entrada en vigencia de la ley y, así y todo, el principal argumento eran las pérdidas que causaría la implementación de la normativa. Los despedidos, según datos del Ministerio de Trabajo, eran 58 de Coto, 55 de Carrrefour y seis de Jumbo.

Lo cierto es que mientras desde el sindicato siguen denunciando la actitud "extorsiva" de las cadenas empresarias, las patronales no movieron un milímetro su decisión de achicar costos a través del despido de su personal.

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