La Justicia dictaminó la prisión preventiva para el conductor que atropelló y mató al mandadero

La Justicia dictaminó la prisión preventiva para el conductor que atropelló y mató al mandadero

Frente al pedido del fiscal Marcos Egusquiza, quien consideró el suceso como “Homicidio simple con dolo eventual” o alternativamente “Homicidio culposo”, el Juzgado de Garantías 1 ayer resolvió en consecuencia, dictaminando que el automovilista acusado debe seguir detenido.

En efecto, el juez José Alberto Moragas ratificó la figura penal optada por el Ministerio Público, decretando así la prisión preventiva para Hugo Amores, el conductor imputado, quien permanecerá detenido y alojado en la unidad penitenciaria de Alvear hasta tanto se sustancie el juicio oral, a no ser que desde la defensa se apele a algún recurso que permita la morigeración.

Los argumentos

Este Diario accedió a la resolución judicial del magistrado que ya notificó a las partes, en la que se señalan varias circunstancias, anteriores y concomitantes al suceso trágico, que lo llevaron a concluir sobre la existencia del dolo eventual en el hecho.

Se detalla como elementos que se tuvieron en cuenta en la decisión del juez que el imputado fue observado  corriendo "picadas" con otro automóvil Ford Focus, de color oscuro, de quien no se ha identificado su conductor, y circulaba a alta velocidad por la avenida España (80 y/o 100 km/h), siendo observado desde la calle 9 de Julio hacia la calle Paz “creando un riesgo que excede la imprudencia o la negligencia, poniendo claramente en riesgo bienes jurídicos como la vida de las personas; riesgo que aceptó con sus resultados letales al trasponer abiertamente el semáforo en rojo, con total desaprensión e indiferencia”. 

Se añade que el semáforo sobre España y esquina Paz “indudablemente antes de la colisión se encontraba en rojo, resultando determinante que por esta última arteria había superado la avenida un automóvil Gol conducido por uno de los testigos del hecho,  que circulaba delante de la moto “lo que indica que no sólo se representó abstracta y mentalmente como pretende la defensa, en su afán de configurar un actuar culposo, sino que verificó  frente a sí el peligro concreto de embestir algún vehículo y no obstante ello continuó temerariamente la marcha, con total indiferencia, desinteresándose de las eventuales consecuencias que no le eran inadvertidas”.

Es decir -continúa la resolución- “hubo un tiempo de advertencia, por estar ya el semáforo habilitado para quienes circulaban por calle Paz, tiempo que permitía al causante recapacitar y un dato concreto y objetivo, que fue no sólo el semáforo en rojo, sino el paso transversal del automóvil Gol referido, y a pesar de ello, intencionalmente, continuó indiferente al posible resultado, transgrediendo no sólo una regla de tránsito -arts. 39 inc. b, 44 y 51 del Código de Tránsito- sino que embistió temerariamente a la moto conducida por Herrería, ocasionando su muerte”.

Lo expuesto llevó a concluir para Moragas que el imputado “no tuvo voluntad de evitación de resultados accesorios indeseados, cuando en forma consciente transita a una velocidad por demás excesiva, en una avenida céntrica y más aún cuando en el presente caso tuvo la posibilidad concreta de prever una colisión ante el paso de un automóvil Volkswagen Gol, instantes previos al hecho investigado”.

El juez no dejó de mencionar también como elemento incriminante la conducta posterior asumida por el imputado y descripta por uno de los testigos,  quien permanecía más preocupado por su situación que por la víctima y la muerte que había provocado con su conducta, intentando desviar la atención y la responsabilidad al gritar "pasó en rojo, pasó en rojo" refiriéndose al conductor de la moto y amenazando a los testigos que lo increpaban por su conducta.

Todo lo expuesto precedentemente, en la presente etapa procesal permite al juez afirmar que Amores actuó con la concurrencia de dolo eventual, quedando palmariamente demostrado que no sólo fue consciente del riesgo, y lo asumió, sino que lo experimentó concretamente y, a pesar de ello, no renunció a evitar el resultado.

 

La pena en expectativa

 

Cabe señalar que conforme a la calificación legal sustentada para el delito endilgado al encartado y la punibilidad prevista para el mismo, que contempla una pena de ocho a veinticinco años de prisión, no corresponde el otorgamiento de la excarcelación ordinaria bajo ninguna de las hipótesis previstas en el Código y, en la eventualidad de arribarse a una condena, la pena será como mínimo de ocho años de prisión y de cumplimiento efectivo, determinando tal conminación de pena la inferencia del peligro procesal.

Se añadió en la resolución la actitud del imputado de entorpecimiento probatorio al intentar modificar los hechos, manifestando al bajarse de la camioneta a viva voz: "Pasó en rojo, pasó en rojo" -en alusión a la víctima-, como así también las amenazas que profirió concretamente a las personas que lo increpaban diciéndoles: "¿Vos que viste?", "¿De qué te las das?, ¿qué viste?" "Cállense, porque les voy a pegar un tiro", dirigiéndose a los testigos circunstanciales del hecho.

Todo ello le hace presumir al juez que, de permanecer en libertad, Amores intentará eludir la acción de la Justicia, como así también entorpecer la averiguación de la verdad, no mediando tampoco otras circunstancias personales de excepcionalidad que logren desvirtuar dichas presunciones.

Así, en la presente instancia, atendiendo al tiempo en que el imputado lleva privado de su libertad -25 días- en relación a la pena en expectativa, no resulta desproporcionado con la medida pretendida. 

 

El hecho

 

Como se detalló en la edición pasada, el accidente ocurrió alrededor de las 23.15 del martes, cuando una camioneta Toyota, patente LZF 750, que circulaba por la avenida España embistió una moto, dominio  KKY 238, que cruzaba la esquina por calle Paz.

La magnitud del impacto fue tal que el motociclista fue despedido por más de 40 metros, quedando tendido en la cinta asfáltica inconsciente, con gran pérdida de sangre.

Por los dichos de terceros, la camioneta habría estado corriendo picadas con un Ford Focus en dirección a la avenida Santamarina cuando embistió a la moto. A su vez, también aseguraron que la moto habría pasado con el semáforo en verde, mientras que el rodado de mayor porte circulaba a gran velocidad.

La víctima fue identificada como Emilio Herrería, de 35 años, quien trabajaba como mandadero y justamente estaba trasladando un envío de la casa de comidas Las Rosas. En tanto, guiaba el rodado mayor Hugo Amores, quien viajaba con al menos una acompañante.

Cuando arribó la ambulancia del Hospital Ramón Santamarina a la escena, el joven aún se encontraba con vida, aunque con débiles signos vitales.

La postal tras el trágico hecho era desoladora. La motocicleta destruida a un costado de la avenida, perdiendo combustible, el casco de la víctima sobre el asfalto, un charco de sangre y los paquetes con comida que trasladaba hacia un domicilio, unos metros más allá. 

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