La Justicia avanza contra la discriminación salarial

La Justicia avanza contra la discriminación salarial

Podría haber una sentencia resonante en breve. La denuncia fue iniciada hace cinco años por trabajadores de ARBA, quienes cuestionaron el sistema “discrecional” de bonificaciones remunerativas más oneroso de la Provincia que hasta cuadriplica los salarios básicos. Sostienen que solo beneficiarían a ciertos sectores sindicales.

 

Antes de fin de año, podría darse a conocer una sentencia judicial que significaría un antes y un después respecto a la discrecionalidad que, según denunciaron los tribunales platenses, se estaría utilizando para pagar bonificaciones salariales dentro de la administración pública de la Provincia.

El posible leading case se está registrando en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA). Allí un grupo de trabajadores enrolados en la junta interna de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) decidieron llevar el caso a la Justicia, denunciando la falta de proporcionalidad y de uniformidad en el pago de los sueldos de acuerdo a las distintas categorías y regímenes horarios. Destacan la existencia de marcadas distorsiones en la liquidación mensual de la bonificación conocida como “adicional ARBA” que es la más alta de la administración pública bonaerense y que se estaría distribuyendo con criterios adoptados en una suerte de “sociedad secreta”. 

Según los denunciantes, esta bonificación ni siquiera se tramitó en un expediente administrativo, como lo marca la ley 7647/70 (norma que regula el procedimiento administrativo en la Provincia), burlando de esta manera los organismos de control como la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado.

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, Luis Federico Arias, declaró admisible el reclamo. Y la decisión fue ratificada, en el año 2012, por la Cámara en los Contencioso Administrativo. Ahora, la causa se encuentra en la etapa de “apertura a prueba”. A saber: se están reuniendo todas las pruebas ofrecidas para que el magistrado verifique la veracidad de los planteos y luego dicte sentencia, algo que se concretaría en el corto plazo.

En ese sentido, Arias libró un oficio en agosto pasado, donde intimó a las autoridades de ARBA para que informen sobre cómo se liquidaron los sueldos en los últimos ocho años, consignando “fecha de designación en la planta de personal temporaria y/o permanente, con la categoría jerárquica y cumplimiento de horario”. Según pudo saber diario Hoy, el oficio ya fue respondido por las autoridades gubernamentales.

En los pasillos de los tribunales platenses se comenta, con insistencia, que lo que resuelva la Justicia podría constituir un importante antecedente en función de las marcadas iniquidades salariales que existen en la Provincia, que llevan a que, por ejemplo, un empleado que desempeña funciones de recaudador de impuestos cobre tres veces más que un docente, que un médico de hospital o que un policía, con igual antigüedad y similar régimen horario.

Según pudo saber este medio, existen muchas posibilidades de que la resolución vaya en sintonía con el reclamo de los denunciantes, lo que implicaría que ARBA deba pagarle al conjunto de los trabajadores de esa agencia de recaudación, supuestamente discriminados, un ajuste por la bonificación mensual al 200% de cada salario básico, más el retroactivo desde la fecha de implementación (agosto de 2008) de esos adicionales. Todo esto sumaría más de 200 millones de pesos. 

Los denunciantes afirman que, desde la crea­ción de ARBA a la actualidad, habría existido una masa de dinero para distribuirse por categoría y régimen horario que nunca se cumplió. Así lo dijeron a este diario Ezequiel González, delegado general de la junta interna de ATE, y Javier Arturo Guardia, delegado de Organización.

Los denunciantes también aseguraron que este sistema de bonificación, que comenzó a instrumentarse hace 8 años con la creación de ARBA, benefició especialmente al gremio AERI. De esta forma, el adicional le representa a los agentes más favorecidos del sistema un plus equivalente al 200% de su salario básico, y a otros un plus de solo el 67%. 

“Parece ser que el salario en la Agencia puede asumir distintos valores aun en la misma categoría de revista. Por ejemplo, en la categoría inicial 5 (administrativo) o categoría 8 (profesional), el salario puede ser de $13.000 o $14.500 respectivamente, o de pronto puede ser de hasta $37.434 mensual (puesto función), y se desconoce qué procedimiento estatutario promueve esa metamorfosis para trabajadores de idéntica categoría de revista. Por si faltaran elementos llamativos, los trabajadores del régimen de 30 horas cobran un valor menor de bonificación, mientras que los trabajadores de 40 y 48 horas cobran una bonificación idéntica. Por ende a estos últimos no se les concedió la mayor carga horaria durante estos 8 años”, agregaron.

El adicional “puesto-función” es una de las bonificaciones más objetadas por los demandantes. Aseguraron a diario Hoy que favorece a unos 700 trabajadores de ARBA, de los cuales 500 serían de AERI. “Esta bonificación se otorga a la carta, por apellido, y puede representar hasta el 463% del salario básico. Se aplica de forma absolutamente discrecional, no hay concurso y se maneja con un absoluto secretismo. Solo sale a la luz si el beneficiario lo confiesa. Nosotros consideramos que esto no puede ser una sociedad secreta ni un conchabo de ningún sindicato”, concluyeron los denunciantes.

Comparación de ingresos percibidos en la categoría inicial en distintos organismos estatales bonaerenses

- Arba: 37.434 pesos (puesto función)

- Médicos: 15.000 pesos

- Judiciales: 12.200 pesos

- Policías: 15.516 pesos

- Penitenciarios: 15.516 pesos

- Docentes: 9.800 pesos

Excesos de facultades

Otra de las discrecionalidades que según los denunciantes se cometerían en ARBA es que, producto de las bonificaciones “a la carta”, hay trabajadores de una misma categoría que terminan realizando aportes jubilatorios muy diferentes. “Esto es absolutamente ilegal ya que el organismo ARBA se está arrogando facultades legislativas que no tiene”, afirmaron.  

La fecha falaz

Los denunciantes aseguran que la Fiscalía de Estado -que asume la defensa de ARBA en el juicio- intentó hace cuatro años que se declare la inadmisibilidad del planteo de los trabajadores, basándose en una supuesta fecha falsa de notificación de las resoluciones internas de la bonificación, para que la demanda se considere fuera de plazo (extemporánea). Este pedido fue rechazado por la Justicia por considerar falaz la fecha sostenida. El tribunal de alzada, tras la apelación de la Fiscalía, falló en igual sentido.

Misma remuneración por igual tarea

“La cuestión es que la administración pública tiene que actuar conforme a la ley y nunca puede ni debe hacerlo con arbitrariedad. Es decir, tiene que actuar con razonabilidad y ello implica que no le puede conceder a ciertos trabajadores beneficios que se le 

niegan a otros que cumplen igual tarea”, destacaron fuentes judiciales que tienen acceso al expediente en cuestión.

En efecto, la Constitución Nacional, en su artículo 14 bis, reza: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada, descanso y vacaciones pagados, retribución justa, salario mínimo vital móvil, igual remuneración por igual tarea”.

Desde AERI salieron al cruce de los cuestionamientos

Ante el avance de la causa judicial y las acusaciones de la junta interna de ATE, el secretario general del gremio AERI, Jorge Baldovino, salió al cruce de los cuestionamientos y defendió, con énfasis, el sistema de bonificaciones que existe en ARBA.

“Nuestra opinión es muy negativa de esta denuncia, porque es un conflicto judicial iniciado por un gremio que tiene una intervención minoritaria en ARBA como es ATE. El gremio mayoritario es AERI. Esta acción fue iniciada en 2012 y es un arma de doble filo, porque la junta interna de ATE pidió la nulidad de la resolución de la bonificación. Es algo muy peligroso porque si se decreta la nulidad, el beneficio se cae y los compañeros pueden perder esa bonificación si no se dicta una nueva resolución”, afirmó.

“Es falso que haya discrecionalidad en el pago de las bonificación, que está establecida sobre una matriz de la cual depende la categoría que tenga cada trabajador. Es algo absolutamente objetivo, un cálculo matemático que se hace. Y aumenta cada vez que se incrementan los básicos de la categoría 24. Es decir, el índice que se toma es la categoría 24 que es la más alta de la ley 10430 y a partir de ahí se aplica una proporcionalidad, y cada uno gana lo que debe ganar. Y en esto sí existe una diferencia respecto a otras bonificaciones: nadie gana menos que la categoría 9 de su propio agrupamiento. Es decir, hay compañeros trabajadores que son categoría 5, 6, 7 u 8, y de igual manera ganan la categoría 9 por un acuerdo paritario celebrado hace varios años que sirvió para levantar las categorías más bajas”, dijo Baldovino.

Agregó: “Todos en ARBA cobran objetivamente y en función de su categoría por esa bonificación remunerativa que fue creada por decreto 954 en el año 2008, que es un decreto complementario de la ley que creó ARBA. Es una bonificación sustitutiva de lo que eran las Urpes (horas extras).Ha sido en su momento un logro muy importante porque las Urpes incluían cifras en negro, y en ARBA se inició el camino para que después se fueran blanqueando estos beneficios en distintos organismos de la administración pública”.

Baldovino destacó que “no hemos tenido acceso a la acción judicial. Si nos involucra tomaremos las medidas del caso, porque es una infamia y una injusticia absoluta. En ARBA, el 75% de los afiliados son de AERI, el 20% son de UPCN y el 5% son de ATE. No hay ningún favoritismo: del total de los cargos función, el 60% corresponde a afiliados de AERI. Con lo cual, si fuera cierto el acuerdo que ellos están denunciando de forma muy temeraria y maliciosa, tendríamos el 75% de participación, es decir, 15% más. Los cargos función pertenecen a aquellos compañeros que tienen que coordinar personal, al no existir ya la figura del jefe de división. Son tareas de mayor responsabilidad que son dispuestas pura y exclusivamente por los funcionarios del área como el jefe de departamento, el subgerente y el gerente. Nosotros no intervenimos en eso”.

La versión oficial

Fuentes de la conducción de ARBA aseguraron que serán respetuosos de lo que dictamine la Justicia. “Hemos respondido a todo lo que nos pidió el juez en tiempo y forma, y respetaremos la sentencia cuando ocurra”, afirmaron ante una consulta de diario Hoy.

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