El 31 de julio vencerá el plazo para adherirse a la moratoria municipal

El 31 de julio vencerá el plazo para adherirse a la moratoria municipal

La Municipalidad de Resistencia recordó que hasta el 31 de julio los contribuyentes que tengan deudas tributarias pueden adherirse al régimen de regularización impositiva que contempla planes de pago de hasta 3 cuotas con recargos mínimos, con la posibilidad de acceder a un 100% de descuento de intereses en la modalidad de pago al contado en los siguientes tributos: impuesto inmobiliario, tasas de servicios, patentes, contribuciones por mejoras, cementerio, multas tributarias y/o contravenciones con liquidación judicial. La atención es de lunes a viernes, de 7 a 11.30 y de 14 a 18.30.

 

Se trata de una moratoria establecida para que los resistencianos ordenen sus números con el municipio y para ello estarán disponibles las oficinas de la Dirección General Tributaria con sede en Monteagudo 175, donde los interesados en optar por esta modalidad de regularización tributaria podrán consultar sus respectivas situaciones en 

Formas de pago

El importe mínimo de abono es de $500 y vale destacar que las personas que opten por un pago contado tendrán un descuento del 100% en los recargos.

Mientras tanto, están disponibles otras dos modalidades que estipulan un pago en dos cuotas y otro en tres. En cuanto a la primera mencionada, el contribuyente puede pagar su deuda a valor original con gastos administrativos mediante dos cuotas iguales (una de anticipo y la otra con vencimiento al mes siguiente más los gastos sin intereses de financiación), sumándose un 30% de recargo por mora.

En cuanto al pago en tres cuotas, el mismo liquidará la deuda a valor original con gastos administrativos, más un 50% de recargos por mora, siendo el plan el siguiente: una cuota en carácter de anticipo y otras dos iguales y consecutivas, más los gastos sin intereses de financiación.

Este régimen especial de presentación espontánea contempla que los anticipos se cancelarán el día de acogimiento a la moratoria y cada cuota restante el día 10 del mes siguiente a la fecha.

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