Juicio por saqueos de diciembre

Juicio por saqueos de diciembre
La primera causa que llega a juicio oral por los saqueos cometidos en Córdoba durante las jornadas del 3 y 4 de diciembre será un proceso abreviado cuyas penas para los dos únicos imputados ya fueron acordadas entre las partes, y se celebrará hoy en la Cámara 11 del Crimen, de la capital mediterránea, informó el portal Infojus noticias.
Los hermanos Ciro Oscar Giménez y Lucas Santiago Giménez llegan a esta instancia acusados del delito de robo calificado, penado con tres años de cárcel como mínimo, pero podrían ser condenados –si la jueza de Cámara homologa el pacto– por los delitos de hurto calamitoso y coacción, que prevé una mínima de dos años, según confirmó una alta fuente judicial.

La diferencia en la calificación legal se debe a que el fiscal de Cámara, Diego Albornós, no estaba de acuerdo con la acusación efectuada por la instructora Adriana Abad, una de los fiscales provinciales que tratan de dilucidar lo ocurrido en diciembre pasado. Entre el martes 3 y el miércoles 4 de ese mes, Córdoba vivió 36 horas de caos y violencia en las que fueron asaltados más 1000 comercios, aprovechando la ausencia de la mayoría de los policías, que se encontraban acuartelados por un reclamo salarial. Al menos 82 personas todavía siguen tras las rejas por aquellos hechos, y muchos enfrentarán juicio oral en las próximas semanas. Una de las causas tiene a 16 policías imputados y presos en Bouwer, por instigar a la protesta.

El hecho por el que hoy serán juzgados Lucas y Ciro Giménez ocurrió a las nueve y media de la noche del 3 de diciembre, en un supermercado de la cadena Cordiez. En pocas horas, el local fue destrozado y vaciado por completo, por una cantidad incierta de personas. Su dueño, el empresario Darío Brasca, decidió no volver a abrirlo porque, dijo, "se rompió la confianza con los vecinos". Ciro y Lucas vivían casi enfrente, en la calle Agustín Garzón, del barrio San Vicente. Como en todo juicio abreviado, donde los acusados confiesan y aceptan su culpabilidad, el juez no puede condenarlos por una pena mayor a la acordada por las partes. Lo que hace, en rigor, es homologar el pacto. «

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