La intervención del Estado en el mercado de los combustibles impulsó una nueva cláusula en los contratos entre petroleras y Estaciones de Servicio

La intervención del Estado en el mercado de los combustibles impulsó una nueva cláusula en los contratos entre petroleras y Estaciones de Servicio

La crisis causada por el congelamiento, llevó a algunas compañías a incorporar ciertas modificaciones en la relación legal con su red de comercialización.

De acuerdo a información obtenida por surtidores entre diferentes expendedores, el cepo impuesto por el Gobierno a los valores de las naftas y el gasoil, dio lugar a una nueva imposición por parte de las petroleras en la vinculación contractual que mantienen con las Estaciones de Servicio. 

En este sentido, por ejemplo se imponen conceptos como “se reserva el derecho de limitar el abastecimiento cuando la venta sea antieconómica”, abriendo la posibilidad para que cuando el Estado interfiera en los valores al consumidor, la compañía puede dejar de entregar combustible, algo que lo que los expertos en derecho comercial califican como “ejecución de un contrato o  cumplimiento de una obligación”.

La aclaración legal, viene a transparentar una situación que se originó tras la sanción del Decreto 566/2019, que estableció un tope al precio de los productos en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras, mayoristas y minoristas, en todos los canales de venta durante 90 días.

La medida disparó la inmediata aplicación de cupos en el suministro, que originó – incluso hoy a tres días de su vencimiento – quiebres de stock en la mayoría de los establecimientos embanderados y faltantes reiterados en las operadoras sin marcas, que fueron denunciados ante la Secretaría de Energía.

“Nos contestaron diciendo que debemos precisar los casos en detalle “, dijo a surtidores.com.ar, el Asesor Letrado de la Federación de entidades de Combustibles, Fabián Tobalo. La entidad envío una nota días atrás a la cartera energética, en la cual alertaba sobre el hecho de que las restricciones de abastecimiento, imposición de cupos u otras prácticas restrictivas provocaban la interrupción o reducción de la entrega de productos.

De acuerdo a la opinión del especialista, “precisar cada caso en particular, podría traer aparejados algunos inconvenientes en la relación contractual entre cada petrolera y su respectivo operador minorista”, al tiempo que reiteró el reclamo para que como representante del Estado Nacional, la Secretaría actúe protegiendo al estacionero afectado.

En ese sentido, Tobalo recordó que la jurisprudencia comercial ha imputado al proveedor las consecuencias dañosas de las interrupciones, mermas y demoras injustificadas, en la principal obligación que pesa sobre las firmas refinadoras respecto de los operadores de su red, para basarse en la exigencia que cada petrolera cumpla con la entrega respectiva.

Vale destacar que paralelamente a los reclamos efectuados, la institución mantuvo en estos días contacto directo con los asociados afectados y fortaleció la relación con los proveedores mayoristas que posibilitaron una salida transitoria a la falta de provisión.

Comentá la nota