Interrogantes sobre el tiempo y forma del veto a la Ordenanza del Bono formulan concejales del Frente para la Victoria

Interrogantes sobre el tiempo y forma del veto a la Ordenanza del Bono formulan concejales del Frente para la Victoria

El bloque de concejales del FpV – PJ solicitó en la mañana de ayer a la presidente del Honorable Concejo Deliberante, María Travascio, por nota, informe si el Departamento Ejecutivo ha llevado a cabo en tiempo y forma la facultad de veto que le confiere la ley Orgánica Municipal respecto de la Ordenanza del Bono a Empleados Municipales sancionada el pasado 24 de noviembre del corriente. Asimismo, si así fuere, solicitarle ingrese el respectivo proyecto observado a la próxima sesión, con el fin de evaluar su insistencia en los términos de la misma ley.

Este requerimiento de los ediles peronistas surge en virtud de lo dictaminado, tanto por la Asesoría General de Gobierno como el Honorable Tribunal de Cuentas, al respecto y sobre la forma en que el Intendente Municipal debe ejercer esa atribución de veto (para la Asesoría se estima que el Departamento Ejecutivo debe devolver el proyecto de ordenanza con las observaciones, dentro del plazo de diez días hábiles… a semejanza de lo dispuesto por la Constitución Provincial respecto de las leyes).

En otras palabras, no basta con tomar la decisión, sino que dentro de los diez días debe llevarse a cabo la pertinente devolución del proyecto observado al Concejo Deliberante. También ha dicho el Tribunal de Cuentas que “… si bien el texto de la Ley Orgánica de las Municipalidades no da una respuesta a los interrogantes … se entiende que deben aplicarse por principios establecidos en la Constitución provincial… que transcurrido el plazo de diez días no fueran promulgadas u observadas se convierten en ley automáticamente… transcurre dicho vencimiento sin que se exprese voluntad, por ende, sin que el Departamento Ejecutivo haya efectuado observaciones, serán ordenanzas y deberán promulgarse y publicarse… si los proyectos no han sido devueltos con objeciones durante el plazo de diez días hábiles, quedarán convertidos en ordenanzas por el mero transcurso de dicho plazo…”

Pasadas las 14 horas se supo que el bloque de concejales del FpV – PJ también había solicitado por nota a la presidencia del Honorable Concejo Deliberante se informe si el Departamento Ejecutivo ingresó en el día de la fecha el veto de la ordenanza del bono, a lo cual María Travascio respondió que al cierre de la mesa de entradas del día 20 de diciembre de 2016 no había ingresado el citado veto.

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