Indignante. Responsables de la muerte de nena riojana libres

Indignante. Responsables de la muerte de nena riojana libres

El caso ocurrió en 2009. Un colectivo y un auto se rozaron sobre ruta 38 dentro de la provincia de Córdoba. Un andamio de construcción salió despedido desde el techo del rodado menor, se incrustó el otro vehículo e impactó directamente en la niña Nazarena Martínez, quien tenía sólo 9 años. Esta semana, la justicia de Cruz del Eje determinó que los dos imputados en la causa sólo hagan “tareas comunitarias”.

 

Una nena de 9 años identificada como Nazarena Martínez encontró una muerte tan horrenda como trágica, cuando el colectivo en el que viajaba desde La Rioja a Buenos Aires chocó en rutas cordobesas, en la noche del jueves. El hecho ocurrió en octubre del 2009.

La víctima, hija del empresario local Carlos Martínez, distribuidor local de Sancor, y de Claudia de la Fuente, titular de la asociación Estrellas Amarrillas, recibió el impacto de un caballete que salió despedido de un automóvil tras impactar con el micro de la empresa General Urquiza en el cual viajaba la pequeña.

El pesado objeto golpeó sobre la ventanilla en la que iba sentada la criatura, se introdujo en el micro y le provocó el deceso instantáneo. El siniestro se registró puntualmente cuando el micro transitaba la localidad de Huerta Grande, sobre ruta nacional 38 y el automóvil que embistió al colectivo es un VW Senda.

Este jueves, se conoció que La Cámara del Crimen de la localidad cordobesa de Cruz del Eje, con competencia en el hecho, determinó no elevar la causa a juicio y sólo obligar a los responsables de la muerte de Nazarena “tareas comunitarias”, más allá de su accionar negligente.

Ricardo Pi, uno de los vocales de la Cámara, defendió el fallo. “La Ley lo admite, era viable la procedencia de lo solicitado por la defensa de los imputados”, apuntó al agregar también que reconoce que “la resolución es injusta para los damnificados”, pero dice que actuaron a derecho.

“Lo que establece el Codigo Penal para este tipo de causas es el cumplimiento de conductas como realizar tareas comunitarias”, sentenció el magistrado.

Estaban imputados el conductor del VW Senda y el chofer del colectivo de la empresa General Urquiza.

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