Los índices de precios en Tierra del fuego fueron claves para el procesamiento de Moreno

Los índices de precios en Tierra del fuego fueron claves para el procesamiento de Moreno
El juez Bonadío procesó al secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, por la aplicación de la multa en virtud de la Ley de Lealtad Comercial a consultoras que publicaron un índice de precios que difería al del Indec. El Magistrado se basó en índices realizados en Tierra del Fuego en diciembre de 201o y enero 2011, entre otros, para avalar la denuncia y procesar al funcionario kirchnerista.

En 2011 Moreno sancionó a varias consultoras con una multa de 500 mil pesos por haber difundido el índice de Precios al Consumidor (IPC) que difería -en alza- respecto de las cifras que revelaba el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) intervenido desde 2007 por gente del secretario de Comercio.

Una de esas consultoras, Finsoport, del economista Jorge Todesca, presentó una querella contra Moreno por el delito de abuso de autoridad. Esa causa quedó en manos de Bonadio y del fiscal Ramiro González.

El juez procesó a Moreno junto a dos funcionarios de su área que intervinieron en la aplicación de la multa en virtud de la Ley de Lealtad Comercial. Fueron procesados junto a Moreno Fernando Carro, Director Nacional de Comercio Interior, y Adalberto Guillermo Rotella, Director Nacional de Lealtad Comercial.

En el procesamiento, Bonadío comparó los índices de inflación difundidos por Finsoport y por otras consultoras privadas en diciembre de 2010 y enero de 2011 con los confeccionados por los institutos de mediciones de las provincias de Santa Fe, Jujuy, San Luis, Chubut, La Pampa y Neuquén. Y también con los realizados en las ciudades de Río Grande y Ushuaia en Tierra del Fuego.

El juez determinó que lo que difundían las consultoras era similar a lo que hacían diferentes estados. Con lo que se cayó el argumento de Moreno acerca de que las consultoras brindaban datos falsos. El secretario de Comercio había argumentado que las consultoras presentaban fallas metodológicas para medir la inflación y por eso sus datos no eran reales. Pero el juez los comparó con otros institutos de medición y eran similares.

En el procesamiento Bonadio citó las resoluciones de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que dejó sin efecto las multas aplicadas por Moreno. Los argumentos de los jueces en lo Contencioso fueron utilizados por Bonadio para calificar de arbitraria la decisión de Moreno de imponer multas a Finsoport y a otras consultoras. Para el juez Moreno excedió los límites de función y tuvo injerencia sobre la actividad de las consultoras para lo cual no tenía autoridad.

Moreno fue procesado de acuerdo a lo que indica el artículo 248 del Código Penal que señala que comete abuso de autoridad "...el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes de esa clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere..."

Comentá la nota