Impuesto a los Ingresos Brutos: pago a cuenta por espectáculos públicos

Impuesto a los Ingresos Brutos: pago a cuenta por espectáculos públicos

El Director Provincial de Rentas, Néstor Padilla, informó sobre la reunión mantenida recientemente con miembros de la Policía de la provincia y Municipios para analizar el cumplimiento de la normativa “Organización de Espectáculos públicos - Pago Anticipado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos”. 

En la reunión se abordaron varios temas relacionados con los alcances de la normativa “Espectáculos Públicos”, que comprende a todas aquellas personas físicas y jurídicas que organizan  festivales, recitales, reuniones bailables y espectáculos en general realizados en discotecas, clubes u otro tipo de establecimientos similares. 

La norma establece que previo a solicitar autorización Policial para la realización de alguna de estas actividades, el contribuyente debe dirigirse a las Oficinas de la Dirección Provincial de Rentas que corresponda a su domicilio y hacer efectivo el anticipo del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, en el formulario F-155 color amarillo, 48 horas antes de concretarse cualquier reunión o evento.

Asimismo, señaló el Director de Rentas que también se acordaron diversas estrategias para coordinar la transferencia de información entre Policía y Rentas, evitar la realización de eventos sin autorización y extremar los controles tendientes a comprobar la autenticidad del formulario de pago, timbrado y sello del cajero.

Por su parte, las entidades que se encuentren exceptuadas de cumplir esta medida, deberán  acreditar fehacientemente esta circunstancia al momento de realizar la gestión en  Rentas.

Así también, se informó que la policía de la Provincia adoptará los recaudos para aplicar sanciones en los casos de comprobarse la realización de eventos no autorizados.

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