Greenpeace advierte sobre el proyecto de “reserva minera" en el Chaco

Greenpeace advierte sobre el proyecto de “reserva minera" en el Chaco
A través de una carta dirigida al gobernador Capitanich, al ministro de Planificación y Ambiente y al presidente de la Legislatura chaqueña, el coordinador de la Campaña de Bosques de la organización ambientalista, Hernán Giardini, advirtió que la ley Nacional de Bosques prohíbe desmontes de bosques nativos en zonas rojas y amarillas.

Publicamos textualmente la carta enviada por Greenpeace al gobernador Jorge Capitanich; al ministro de Planificación y Ambiente del Chaco, Raúl Codutti y al presidente de la Cámara de Diputados del Chaco, Eduardo Aguilar:

“Nos dirigimos a Ustedes en relación a la reciente iniciativa legislativa impulsada desde el Poder Ejecutivo provincial para declarar como “zona de reserva minera” para la prospección y exploración de sustancias minerales en la zona de Tres Pozos Nueva Pompeya, Pico del Chaco y Puerto Lavalle.

En tal sentido, Greenpeace quiere advertir que el artículo 14º de la Ley Nacional de Bosques (26.331) establece claramente que “no podrán autorizarse desmontes de bosques nativos clasificados en las Categorías I (rojo) y II (amarillo)”.

Cabe señalar que la reglamentación de dicho artículo no incorpora a la actividad minera dentro de las excepciones: “En las Categorías I y II podrá autorizarse la realización de obras públicas, de interés público o de infraestructura tales como la construcción de vías de transporte, la instalación de líneas de comunicación, de energía eléctrica, de ductos, de infraestructura de prevención y control de incendios o la realización de fajas cortafuego, mediante acto debidamente fundado por parte de la autoridad local competente. Para el otorgamiento de dicha autorización, la autoridad competente deberá someter el pedido a un procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental”.

Teniendo en cuenta que la minería realizada en zonas boscosas tiene un impacto significativo e implica la transformación (desmonte) de las mismas además de otros impactos ambientales, requerimos que conforme a lo establecido por la Ley de Bosques la futura autorización de este tipo de actividades en bosques nativos quede restringida únicamente a los clasificados en la Categoría III (verde), previa Evaluación de Impacto Ambiental y audiencia pública.

Saluda a Ustedes atentamente”.

Lic. Hernán Giardini

Coordinador Campaña de Bosques

Greenpeace Argentina

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