El Gobierno insta a expendedores con problemas de suministro a que denuncien para poder actuar

El Gobierno insta a expendedores con problemas de suministro a que denuncien para poder actuar

Funcionarios de  la Secretaría de Energía de la Nación afirmaron a surtidores.com.ar que están vigente los alcances de la resolución 1834/05 para canalizar los reclamos por falta de abastecimiento de combustibles.

Desde todos los rincones del país expendedores de distintas banderas, pero especialmente aquellos que no mantienen una relación contractual con algunas de las petroleras que intervienen en el mercado local, afirman que están sufriendo restricciones en al abastecimiento de combustibles.

Los problemas se suscitaron tras el Decreto que dispuso el congelamiento de los precios, y se estima que la escasez podría profundizarse luego del aumento del barril de petróleo a consecuencia del ataque una refinería ubicada en Arabia saudita.

Sin embargo, desde la Secretaría de Energía alegan que la medida que dispuso la prohibición de aumentar los valores en el surtidor establece que las empresas refinadoras y distribuidores  mayoristas deberán cubrir el total de la demanda nacional, de conformidad con los volúmenes que les sean requeridos a partir de las prácticas usuales de mercado.

“Estamos trabajando codo a codo con las Cámaras empresarias siguiendo el día a día, no obstante, recordamos que se encuentran vigentes los alcances de la resolución 1834/05 para canalizar los reclamos de aquellos estacioneros que tengan inconvenientes con el suministro”, afirmaron a surtidores.com.ar funcionarios de la dependencia oficial.

La normativa, que data de los tiempos que Daniel Cameron se encontraba al frente de Energía, puntualiza en su artículo segundo que “las Estaciones de Servicio que hayan solicitado abastecimientos de gas oil en forma fehaciente a los proveedores habituales y tengan una respuesta negativa a dicha solicitud o limitaciones en el suministro, no poseyendo disponibilidades de dichos productos para satisfacer las necesidades del mercado, deberán realizar la correspondiente denuncia dentro de los 3 días de detectada la falta”.

A tal fin, es obligación informar las causas o motivos que generan tal carencia o indisponibilidad, debiendo acreditar fehacientemente y con carácter de declaración jurada, los elementos pertinentes que den fe y prueba de los hechos que se denuncian, pudiendo la Autoridad de Aplicación rechazar sin más trámite aquellas que sean manifiestamente improcedentes.

“Hasta el momento hay muy pocos expedientes abiertos, necesitamos que quienes acusen faltantes realicen la presentación correspondiente para que podamos actuar como dicta la ley”, exhortaron en la Secretaría de Energía. 

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