Fuero laboral desafía a Corte y veta ley ART

Fuero laboral desafía a Corte y veta ley ART

Apunta a las comisiones médicas jurisdiccionales que determinan si la dolencia en cuestión se trata de un accidente de trabajo.

En una guerra abierta ya entre el fuero laboral, el Gobierno nacional y ahora la Corte Suprema, la Cámara Nacional del Trabajo levantó el guante tras la serie de fallos del máximo Tribunal que apuntó a desautorizarlos. A modo de réplica, la Sala VII subió la apuesta y declaró inconstitucionales las comisiones médicas jurisdiccionales, eje de la reforma a la ley de ART. El fallo constituye la antesala de una causa colectiva que -en paralelo- apunta a echar por tierra una de las principales iniciativas impulsadas por Cambiemos. Como informó Ámbito Financiero, los jueces supremos alinearon sus últimos fallos referidos al fuero laboral para intentar exponerlo por arbitrariedades en sus decisiones, postura que está en sintonía con el objetivo de la Casa Rosada. 

Con la firma de los camaristas Estela Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo (este último apuntado también por su rol en la Sala III) se resolvió un pleito de un particular por un accidente de trabajo contra Galeno ART. La jurisdicción es un atributo exclusivo de los jueces, por lo tanto el art. 1 de la Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos de Trabajo viola el art. 18 de la Constitución Nacional que en la imposición del debido proceso encierra lo expuesto con más los principios del juez natural y el juez especializado", indicó el fallo, reclamando para sí algo que los magistrados laborales siempre cuestionaron de la reforma: que exista un nuevo órgano que defina qué caso es factible o no de ser judicializado. 

"La idoneidad técnica de los miembros de las comisiones médicas para evaluar la existencia de dolencias y las incapacidades que éstas pudieran generar desde sus conocimientos científicos es indudable, pero reitero que la determinación del carácter laboral del accidente o profesional de la enfermedad, así como la relación causal con el factor laboral, son materias que exceden los conocimientos científico de aquéllos y requieren de una formación técnico-jurídico de la que adolecen, y es natural que así sea, pues para la determinación de tales aspectos, son los jueces quienes resultan idóneos tanto desde el punto de vista científico como constitucional", subrayaron. El argumento, y eso es lo que preocupa al Gobierno, podría replicarse en la causa colectiva que sembraron desde el Colegio Público de Abogados de la Capital (CPACF) con Jorge Rizzo a la cabeza. Primero debe definir sobre el amparo el juez Alejandro Aníbal Segura del juzgado laboral N° 41. Luego la Sala III, donde Brunengo suma a Diana Cañal, otra de las magistradas apuntadas y con pedido oficial de juicio político. Allí comenzó otra disputa: en auxilio al seguro revés salió el juez en lo contencioso administrativo federal Pablo Cayssials reclamando para sí todos los amparos del fuero laboral. El CPACF lo denunció ante el Consejo de la Magistratura por considerar que estaba intentando un fraude procesal para concentrar todas las causas. 

El fallo de la Corte, que fijó un nuevo tope al cálculo indemnizatorio definido por el fuero laboral provocó un parate generalizado en sentencias ya redactadas en tribunales del Trabajo. Varios jueces comenzaron a retrasar sentencias y a recalcular montos para evitarse dificultades a futuro si la jurisprudencia estricta comienza a ser forzosa. Ese es el mensaje que bajó desde los supremos y en el fuero laboral tomaron nota, algo que causó beneplácito al Ejecutivo, que aspira a domar al fuero laboral. Su paso más ambicioso, municipalizarlo para restarle poder, es una segunda etapa con la que se ilusionan desde Cambiemos. 

"Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la determinación de una instancia previa y obligatoria (art. 1 de la Ley 27.348),en tanto lesiona el acceso irrestricto a la Justicia, la tutela judicial efectiva y el debido proceso legal, derechos éstos tutelados por el art. 18 de la Constitución Nacional, además de los arts. 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 18 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos y art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", fue la conclusión. Así se enumeró todas las normas que vulneraría la reforma blandida por Mauricio Macri como una de las más relevantes para crear un clima de inversión, pero también para intentar obturar al fuero laboral al que abiertamente el Ejecutivo lo ha acusado de ser anti-empresa.

Comentá la nota