Formosa garantiza el 82 por ciento móvil para los jubilados

Formosa garantiza el 82 por ciento móvil para los jubilados

El Administrador General de la Caja de Previsión Social, Doctor Gustavo López Peña, explicó que a partir de la exigencia del Gobierno Nacional tras la sanción de la Ley de Blanqueo de Capitales y el Fondo de Reparación para Jubilados y Pensionados, en su Artículo 27, insta a las provincias que no hayan transferidos sus sistemas previsionales a adecuar la normativa, en lo relativo al derecho y en lo contable, a la nacional.

Este procedimiento se conoce como “armonización del sistema jubilatorio provincial al nacional”. En ese marco, Formosa, a partir de la exigencia de Nación, adecuará su sistema en dos esquemas de acuerdo a la edad y el cálculo inicial.

Debido a que ANSES auditó la Caja de Previsión Social de Formosa y determinó que existe un déficit de 347 millones de pesos, se exige a Formosa que en su régimen de jubilación ordinaria adecúe la edad jubilatoria a la Ley 24241 que rige a nivel nacional.

De esta manera, se ha reformado la normativa Nº 571 y se sancionó la Ley Nº 1638 que eleva la edad de jubilación de los hombres en 62 años y las mujeres en 59 años a partir del año 2018.

Mientras que en el año 2020, los hombres tendrán que jubilarse con 63 años y las mujeres con 60 años.  Para el año 2022, los hombres se jubilarán con 64 años y las mujeres con 60 años. Y en el 2024, los hombres se jubilarán con 65 años y las mujeres con 60 años.

Se aclara que para los años 2016 y 2017, continúan vigentes las edades jubilatorias actuales: hombres 61 años y mujeres en 58 años.   

Garantías constitucionales

La Constitución Provincial, en su artículo 77, garantiza edades mínimas para acceder a la jubilación que están preservadas. Además ningún trabajador cobrará menos del 82 por ciento por la función o retribución del cargo que tuvo en su época laboral.

Es importante señalar que cualquier persona que acceda a la jubilación en el año 2016, 2017 o 2018 tienen garantizado el 82 por ciento del sueldo.

En el cálculo del haber inicial, a partir de la nueva ley provincial, Nación exige que el mismo se realice sobre los 10 últimos años de aporte. “Estuvimos realizando la adecuación y quedó plasmada en la nueva ley con el 82 por ciento garantizado”.

El Doctor López Peña aseguró que la Caja de Previsión será sustentable a partir del nuevo sistema de cálculos. Y por decisión política del Gobierno Provincial el sistema previsional provincial no fue transferido a Nación.

Aseveró que la Caja de Previsión Social es sustentable y viable. “Formosa paga a sus jubilados y pensionados antes que termine el mes (29 de julio) con un aumento del 10  por ciento gracias al anuncio del Gobernador Gildo Insfrán”.

“Las jubilaciones de nuestra provincia se mantienen y superan a todas las del nordeste argentino e incluso a Buenos Aires”. “Esto tiene que ver con el trabajo de años”. “Formosa no está endeuda, paga salarios como corresponde en tiempo y forma”.

“La Caja no tiene juicios pendientes con respeto a cálculos de haberes jubilatorios porque el porcentaje y la movilidad están asegurados”, agregó el Doctor Gustavo López Peña. 

Reglamentación en torno al nuevo régimen jubilatorio provincial

Asimismo el administrador general de la Caja de Previsión Social, Gustavo López Peña, explico uno de los aspectos motivo de consultas a partir de la vigencia de un nuevo régimen jubilatorio provincial, relacionado a quienes iniciaron sus trámites antes de la vigencia de la norma o ya tengan resolución de otorgamiento.

Clarifico que a partir de la sanción de la Ley N° 1638, artículo 7, la Caja de Previsión Social está facultada, como organismo rector del sistema previsional de la provincia, a dictar normas que tienen que ver con la reglamentación y el cálculo de los procedimientos para llevar a cabo el beneficio jubilatorio.

En ese marco es que clarifico que “aquellos que tengan resolución de otorgamiento, o quienes hayan iniciado su trámite jubilatorio los días anteriores a que esta ley comience a regir, tienen un plazo de seis meses, que va a concluir el 31 de enero del año 2017, para poder acogerse al beneficio jubilatorio bajo este régimen del otorgamiento que tienen en sus manos”.

“Es decir que esta resolución tiene un plazo de caducidad de seis meses a partir de su publicación, que será en estos días. Así que está totalmente contemplado que el plazo sea hasta el 31 de enero del año 2017”, insistió en subrayar.

Explico el administrador de la CPS que “las personas que tengan esa resolución de otorgamiento podrá optar jubilarse por este régimen y, si después de la fecha y año antes mencionada decide seguir trabajando, no hay ningún obstáculo que se interponga a esta voluntad. Es decir puede seguir trabajando hasta el día que así lo desee, simplemente que pasado este plazo la persona que quiera acogerse al beneficio jubilatorio lo hará pero bajo el régimen que rige en la actualidad”.

Considero “muy importante” aclararlo a partir de que están recibiendo consultas de muchas personas que ya tienen su resolución de otorgamiento y querían saber si sigue vigente o no. “Por supuesto que está vigente. Hasta el 31 de enero de 2017 pueden acogerse a este régimen o seguir trabajando”, insistió

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