Formación a productores beneficiados por los fondos de la Ley de Bosques

La provincia de Formosa es una de los primeros siete estados que hasta la fecha están habilitadas para percibir los fondos establecidos por la Ley 26.331, otorgados por el Gobierno Nacional, (Ley de Presupuestos Mínimos, de Protección Ambiental de los Bosques Nativos), es por esto, que desde el Gobierno de Formosa, ...
a través del Ministerio de la Producción y Ambiente –como autoridad local de aplicación- llevó a cabo un taller instructivo sobre procedimientos de rendición técnica contable legal en las instalaciones de la dirección de Recursos Naturales y Gestión, el pasado viernes.

El mismo fue destinado a productores que presentaron planes de Conservación, Manejo y Enriquecimiento de Bosques Nativos y que fueran aprobados por la Autoridad Local de Aplicación y la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, cuya ejecución se llevará a cabo en distintos establecimientos ubicados en todo el ámbito provincial.

“Quiero agradecerles por asistir a este taller formativo, ya que lo realizamos para ustedes, para que estén comprometidos en todos los aspectos de estos fondos que fueron entregados”, manifestó el director de Recursos Naturales y Gestión, Julio Soupet, al inicio de la presentación.

“Cuando somos controlados, somos mejores y de esa manera se transparenta la gestión. A partir de ahora formaremos una alianza entre el entre el Gobierno, el Ministerio de la Producción y Ambiente y esta Dirección y ustedes, no sólo vamos a controlar con el equipo técnico, sino que vamos a acompañar, ayudar y desarrollar juntos cada proyecto”.

Al finalizar resaltó: “Queremos que esto llegue a buen término y que se ejecute el proyecto con éxito, para que se vea que se están haciendo cosas por el recurso, por la naturaleza, y que se lo está realizando de la mejor manera”.

Prácticas

Gustavo Rhiner es productor ganadero y forestal, el mismo fue beneficiado en el año 2009 presentó un proyecto piloto aprobado a través de la Ley 26.331

“Presentamos un plan anual y las actividades se fueron ejecutando de acuerdo al mismo en la superficie seleccionada, que fue de 100 hectáreas, realizando tareas de enriquecimiento de bosques nativos, con lapacho e ibirá pitá guazú, una especie alta de esa zona. Además, plantación de árboles de especies nativas en zonas de pastizal natural, como ser el algarrobo blanco”

“En este momento, a más de dos años, hay muy buenos resultados, sobre todo en ibirá pitá, con muy buenos efectos con respecto a las variaciones climáticas y en cuanto al algarrobo también, continúa el desarrollo satisfactoriamente y nos llena de orgullo saber que esto sigue creciendo”.

En cuanto a la jornada comentó: “Es un taller de tipo instructivo, desarrollado de manera práctica y sencilla, para que los productores beneficiados en este año tengan un conocimiento de cómo deben ejecutar las partidas durante el tiempo que está establecido en su plan operativo y como deben rendir los gastos o inversiones al área contable respectiva”.

Y reconoció: “Es muy importante ya que subsidia aquel producto que le interesa manejar, es para el productor que realmente tiene la intención de que ese bosque siga produciendo la madera, bajo un sistema de manejo y conservación”.

Objetivos de la Ley 26.331

- Promover la conservación mediante el ORDENAMIENTO TERRITORIAL de los Bosques Nativos

-Regular la expansión de la frontera agropecuaria y otros cambios de uso del suelo

-Controlar la disminución de la superficie de bosques existentes, lograr una superficie perdurable en el tiempo;

-Mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos que beneficien a la sociedad;

-Hacer prevalecer los principios precautorio y preventivo, en el mantenimiento de los bosques nativos

-Fomentar el enriquecimiento, conservación, restauración mejoramiento y manejo sostenible de los bosques nativos.

Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos

Es la Norma que basada en los criterios de sostenibilidad ambiental establecidos en el Anexo de la presente ley zonifica territorialmente el área de los bosques nativos conforme a las siguientes categorías de conservación:

Categoría I (rojo): Sectores de muy alto valor de conservación – no deben transformarse. – Deben ser bosques a perpetuidad.

Conservación y mantenimiento de comunidades biológicas sin afectar la superficie de bosques nativos, excepto las vinculadas a planes o proyectos de infraestructura pública, redes camineras, eléctricas, acueductos, o de infraestructura privada y pública vinculada a proyectos o planes de ecoturismo.

Categoría II (amarillo):

Sectores de mediano valor de conservación, que aún degradados con la implementación de actividades de restauración puedan cobrar un valor alto de conservación. No deben transformarse.

Zonas y porcentajes de aperturas (fines agropecuarios)

Zonas de Manejo/Conservación y zonas de silvopastoril

Categoría III (verde):

Sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad.

Actividades Permitidas – Planes de Cambio de Usos del Suelo

Las de la categoría I – Rojo (Planes de conservación) y/o categoría II – Amarillo (Planes de Manejo Sostenible).

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