Fernández Garello apelará su procesamiento “por falta de pruebas”

Fernández Garello apelará su procesamiento “por falta de pruebas”

El Fiscal General de Mar del Plata argumenta que “no ha existido modificación al material probatorio presente en la causa por la que se dictó con anterioridad la falta de mérito”. Está acusado de delitos de Lesa Humanidad durante la última dictadura cívico-militar.

El Fiscal General del Departamento Judicial de Mar del Plata, Fabián Uriel Fernández Garello, apelará en los próximos días su procesamiento en una causa en la que se investiga su participación en crímenes de Lesa Humanidad durante la última dictadura cívico-militar.

Según pudo saber El Marplatense, la defensa del funcionario entiende que “no ha existido modificación al material probatorio presente en la causa” en la que la misma jueza Federal de San Martín, Alicia Vence, dictó con anterioridad la falta de mérito con relación a la denuncia en su contra, que fue parcialmente confirmada por la Sala I de la Cámara Federal del Departamento Judicial de San Martín.

De acuerdo a la valoración de la defensa de Fernández Garello, la prueba con la que se dictó la falta de mérito en septiembre de 2018 es la misma con la que dispone ahora el procesamiento, mediante una resolución de la misma magistrada con fecha 12 de abril de 2019, es decir, que no se habrían incorporado nuevos elementos a la causa. 

El 18 de diciembre de 2018 la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó parcialmente la falta de mérito del Fiscal General de Mar del Plata y le devolvió el expediente a la jueza Vence para que decida si procesaba o sobreseía a Fernández Garello, que está imputado por los procedimientos del 23 y 24 de julio de 1981 que culminaron con la detención y tortura de tres integrantes del Partido Comunista chileno en la Brigada de Investigaciones III de San Martín.

En su resolución, Vence sostuvo que hay pruebas que demuestran que el funcionario judicial fue “partícipe necesario penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por un funcionario público; e imposición de tormentos inflingidos por un funcionario público, agravado dado que se trataba de perseguidos políticos, en tres hechos, todos los cuales concurren realmente entre sí”.

Fernández Garello sostiene que en, esas tres detenciones, había tomado intervención el juez federal Roberto Mollard, quien había convalidado las actuaciones llevadas a cabo por el grupo de efectivos policiales del que formaba parte por aquel entonces.

“Las mismas se realizaron con las formalidades y plazos dispuestos por el Código de Procedimiento Penal vigente a la fecha de los hechos, y sin que se hubieran producido lesiones o apremios de ninguna naturaleza“, destaca la defensa del Fiscal General.

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