Por fallo de la Corte, jueces laborales no podrán fijar por su cuenta las indemnizaciones

Por fallo de la Corte, jueces laborales no podrán fijar por su cuenta las indemnizaciones

Nuevo guiño del tribunal a empresarios

 

La Corte Suprema volvió a hacer otro guiño al sector privado, al determinar que los jueces laborales no puedan aumentar por su cuenta las indemnizaciones por accidentes laborales previstas en la Ley de Accidentes de Trabajo.

El monto original había sido fijado en $430.000, pero luego se elevó hasta los $820.000

Con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco y la disidencia de Horacio Rosatti, el supremo tribunal revocó con un fallo emitido ayer una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, por considerar que incrementaba injustificadamente el importe por indemnizaciones.

La demanda había sido iniciada por la viuda de un trabajador fallecido en un accidente laboral, que le reclamó a la aseguradora el importe correspondiente en la ley. El mismo había sido fijado en $ 435.103,50, monto al que se le deben suman los intereses devengados desde abril de 2011, cuando ocurrió el accidente fatal.

Sin embargo, el juez Rodríguez Brunengo y la jueza Ferreiros, de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, determinaron por su cuenta que la cifra era insuficiente y por ende consideraron "justo" elevarla a $700.000, a lo sumaron una suma adicional de $120.000, por lo que el capital total de la demanda ascendía a $820.000, casi el doble de lo fijado originalmente.

Según informó el Centro de Información Judicial, "la Corte revocó ese fallo señalando que, mediante la sola invocación de principios genéricos vinculados con la equidad de la reparación y aludiendo a ciertas circunstancias relativas al trabajador fallecido, la cámara había determinado la indemnización apartándose injustificadamente de la ley aplicable".

"Circunstancia que dilató innecesariamente el pleito, pues obligó a la aseguradora a interponer un recurso para que la Corte dejara sin efecto lo decidido y ordenara el dictado de una nueva sentencia que se ajuste a la ley", cuestionó el máximo tribunal.

Se trata de una decisión largamente esperada por el sector privado, y que se da en el marco de la embestida del Gobierno contra los abogados y jueces laboralistas, a los que acusan de integrar una "mafia".

Es que de esta manera, la Corte le dio un respaldo a las aseguradoras, que trasladan la mayor litigiosidad a las alícuotas, perjudicando a los empresarios que las contratan que tienen que afrontar costos más altos.

En ese sentido, este año el máximo tribunal ya había enviado otro guiño hacia las ART al determinar que si un trabajador inicia un juicio por un accidente laboral y lo pierde, debe cargar con las costas.

Ese fallo fue emitido después de que el Congreso aprobara una modificación a la ley de ART que obliga a los empleados que quieran iniciar una demanda a pasar por una comisión médica. Esta iniciativa fue el principal caballito de batalla del Ejecutivo contra la llamada industria del juicio y, según los datos de la Unión de Aseguradoras, parece haber tenido efecto ya que la litigiosidad se ha venido reduciendo a lo largo de los últimos meses.

 

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