El fin de las exenciones especiales: qué cambios habría en Ganancias en 2019

El fin de las exenciones especiales: qué cambios habría en Ganancias en 2019

El Gobierno busca que varias provincias abandonen en 2019 una práctica que dispusieron -en algunos casos hace años- por la vía de normas locales: la de no retener impuesto a las ganancias sobre una parte de los salarios de sus empleados públicos. Ese es uno de los efectos que tendrían, de aprobarse, dos artículos del proyecto de presupuesto del año próximo.

 

Si bien el mensaje elevado por el Poder Ejecutivo al Congreso junto con el proyecto se refiere a este tema como únicamente vinculado al empleo estatal, hay tributaristas que interpretan que en la actividad privada también habría casos afectados. En el sector público, son varias las jurisdicciones que aplican exenciones, afectando a la recaudación nacional.

En 1997 y como gobernador de Santa Cruz , Néstor Kirchner fue pionero: decidió que sobre los adicionales de las remuneraciones provinciales no habría descuentos de este impuesto. Años antes de ser el presidente bajo cuya gestión comenzó a distorsionarse con fuerza el tributo (a falta de una actualización adecuada frente a la inflación), Kirchner firmó el decreto provincial 934, para liberar de la carga a ítems como los de dedicación funcional, responsabilidad jerárquica, viáticos y movilidad, entre otros.

Con medidas similares se sumaron años después Chubut y Río Negro y, más recientemente, la provincia de La Pampa . Desde allí, el equipo del gobernador Carlos Verna justificó en su momento la decisión en la existencia de la práctica de exenciones en otras provincias y en una acordada de la Corte Suprema de los años 90.

¿Qué cambiaría ahora en la normativa? La ley de Ganancias tiene un artículo (el 99) que deroga todas las disposiciones contenidas en leyes nacionales, decretos "o cualquier otra norma de jerarquía inferior" que establezcan exenciones vinculadas con diferentes compensaciones que otorga eventualmente un empleador. Otro artículo (el 100) aclara que conceptos como beneficios sociales, vales de combustible, autorización de uso de tarjetas de crédito, pagos para la educación y otros, están alcanzados por la carga tributaria, aun cuando no se cuenten para calcular aportes y contribuciones sociales.

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Con el presupuesto 2019 se pretende derogar esos artículos, para reemplazarlos con otros de redacción muy similar, que agregan algunas frases. Por ejemplo, se especifica que "no serán aplicables" exenciones fijadas por "convenios colectivos de trabajo" (además de otras leyes que no sean la de Ganancias, decretos o normas de menor jerarquía) y se aclara que lo resuelto vale para lo que existe y para lo que "se establezca en el futuro".

"Lo que se dispondría es algo que ya existe pero que en muchos casos no se cumple; buscamos ordenar el tema porque se llegó a un desmadre de normativas de exenciones", explican a LA NACION fuentes de Hacienda. Pero si es así, ¿por qué se cumpliría ahora y antes no? Más allá del cambio de redacción en los artículos de la ley, en el Gobierno señalan que se incluyó el tema en el Consenso Fiscal, que establece compromisos entre las partes y que la semana pasada fue firmado, por ejemplo, por Río Negro.

Para el abogado tributarista Diego Fraga, del estudio Rctzz, las normas locales sobre el impuesto "no tienen sustento normativo válido" y afectan principios constitucionales, como la igualdad de los ciudadanos frente a las cargas públicas. Agrega que lo propuesto ya está en la ley y que "lo novedoso y llamativo" es que, con la nueva redacción, se prevea que la norma tenga efectos desde 2019. Eso reflejaría la intención oficial de una amnistía, de no reclamar diferencias por lo tributado hasta ahora.

"De ser aprobado lo que se propone en el presupuesto, los dependientes que gozan de privilegios pagarán más impuesto desde 2019", sostiene César Litvin, tributarista y socio de Lisicki, Litvin & Asociados, quien especifica que, además de los casos de las provincias mencionadas, hay disposiciones locales para determinados grupos de trabajadores públicos "en Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja y Neuquén".

El propio Estado nacional tiene establecida la no gravabilidad de algunos conceptos en ciertos casos, por un convenio sectorial. Y en 1996 una ley dejó al margen al Poder Legislativo de los artículos de la normativa de Ganancias que aclaran que los viáticos y otros extras deben tributar, y delega en las autoridades de las cámaras la facultad de fijar qué está gravado.

Por fuera del sector público, el cambio previsto afectaría los beneficios que tienen, por caso, los petroleros. Quedarían anuladas todas las exenciones que no estén en la propia ley de Ganancias. Y en la actividad petrolera hay una ley, la 26.176 que dispuso desgravar varios conceptos.

Eso preocupa por caso en Chubut, según afirma Luis Tarrío, subsecretario de Coordinación Financiera de la provincia. "Estamos analizando el tema, porque habría un impacto importante en los ingresos de empleados públicos y privados como los petroleros", señala. Y agrega: "Es evidente que en Buenos Aires no tienen idea de los sobrecostos que debemos soportar los patagónicos".

Más allá de estas cuestiones conflictivas entre las provincias y la Nación, hoy rige un diferencial para los habitantes de las provincias del sur: Ganancias se paga a partir de salarios un 22% más altos respecto de los del resto del país. Eso no se modificaría.

Tampoco se prevén cambios para los empleados y funcionarios judiciales porque la exención que los beneficia está incluida en la ley del impuesto. En este caso, una reforma reciente dispuso gravar los ingresos solo de quienes son nombrados a partir de 2017. "La eliminación de la exención a los jueces nuevos puso en discusión si era tan necesaria la intangibilidad de la remuneración de los magistrados", analiza el tributarista Iván Sasovsky, quien agrega que el escenario queda desequilibrado porque dentro del Poder Judicial hay quienes tributarán, cuando sus mismos colegas seguirán sin hacerlo.

"En todo el sistema tributario debe evitarse el dirigismo que implica dar un trato diferenciado a favor o en contra de un grupo de contribuyentes", dice Guillermo Poch, socio de Impuestos & Legales de la firma BDO. El costo de los servicios del Estado, dice, "debe ser distribuido equitativa y proporcionalmente en la población". Y lo adecuado es "no hacer distinciones entre sujetos con igual capacidad contributiva" porque, de hacerlas, hay una mayor carga fiscal para el resto de los contribuyentes.

Desde el Gobierno llevan ese razonamiento al nivel de las jurisdicciones, y así lo explican: "Como Ganancias es coparticipable, las provincias que aplican exenciones hacen que lleguen menos recursos a aquellas donde se tributa sin excepciones; las que cumplen, se ven perjudicadas".

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