Las Estaciones de Servicio siguen vedadas de vender bebidas alcohólicas

Las Estaciones de Servicio siguen vedadas de vender bebidas alcohólicas

Luego de que se hiciera pública en los medios la noticia sobre la aprobación de una ley en la Provincia de Buenos Aires que extendiera el horario permitido para expender alcohol en los comercios, se generaron dudas referidas al ámbito de las tiendas de conveniencia.

A principios de este mes, un proyecto de Ley de los diputados bonaerenses, Guillermo Castello (Cambiemos) y Alejandra Martínez (PJ), ambos de Mar del Plata propusieron extender la habilitación a los comercios para vender alcohol entre las 8 de la mañana y las 11 de la noche, a diferencia de lo que se implementara hace una década, que iba de 10 a 21 horas.

Al ser consultado por surtidores.com.ar, uno de los autores de la iniciativa respondió que como “los autoservicios de las expendedoras de combustibles son comercios, estaban integrados en esta norma destinada a promover las ventas en zonas turísticas especialmente en esta temporada de verano”.

Sin embargo, lo que cuenta con media sanción es la modificación a la ley 11825 que reglamenta la adquisición y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires entre los meses de diciembre y hasta Semana Santa  “para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro a cualquier título”.

Sin embargo, desde el sector estacionero, aclararon es misma ley, pero en su artículo 2, deja en claro que: “Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires la venta, expendio o suministro a cualquier título, el depósito y exhibición, en cualquier hora del día, de bebidas alcohólicas en comercios de los rubros denominados kioscos, kioscos polirrubros, Estaciones de Servicio y sus anexos y la venta ambulante de las mismas”.

Según los expendedores de la localidad de Mar del Plata consultados por este medio, “la ley nos impide vender alcohol en los minishops de nuestros establecimientos y el tema está directamente relacionado con la regla que impone un índice de alcoholemia del 0 por ciento para los automovilistas”, expresaron.

En ese sentido, las estaciones a la vera de las rutas, son controladas periódicamente por las autoridades municipales y provinciales y en la totalidad de los casos encuestados, sus dueños cumplen con la norma porque las penalidades son económicamente onerosas y la responsabilidad es importante.

Por otro lado, los demás comerciantes de la Provincia de Buenos Aires, se mostraron muy a favor de la medida. En este caso Camilo Alberto Kahale, presidente de la Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires (FEBA), señaló que “la aprobación de esta reforma a la Ley llega en un momento justo y permite avizorar un panorama más esperanzador para los comercios de cara a la temporada de verano. En un contexto de fuerte recesión y caída de ventas, la iniciativa ayuda a la reactivación del consumo”.

El empresario agregó que “ya que los días se alargan, las jornadas de playa o las actividades recreativas se extienden y los vecinos y turistas que quieren aprovechar al máximo sus jornadas de descanso no llegan a realizar las compras antes del horario de restricción, generando incomodidad a la gente y perjudicando a los comerciantes”.

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