Las Estaciones de Servicio se consideraron exceptuadas de pagar el Bono de fin de año

Las Estaciones de Servicio se consideraron exceptuadas de pagar el Bono de fin de año

Con el último aumento salarial, que totaliza una paritaria del 40 por ciento anual, el Consejo Directivo de CECHA determinó en su última reunión que no corresponde afrontar la asignación de $ 5.000.

Para el sector de las Estaciones de Servicio, el último acuerdo salarial le puso fin a la controversia acerca del Bono de fin de año. “Según lo resuelto por la Comisión Directiva en la reciente reunión de CECHA, con el aumento que completa una suba  en los haberes del 40 por ciento anual, no corresponde otorgarlo”, afirmaron referentes de la entidad a surtidores.com.ar.

La mejora a la que hacen referencia, contempló un 10 por ciento para el mes de octubre y un porcentaje similar correspondiente a enero de 2019, cifras que se mantendrán sin variaciones hasta el 31 de marzo cuando ambas partes vuelvan a debatir los haberes del año próximo. A ello se le suma el acuerdo paritario del primer segmento del año del 20 por ciento, un 15 integrado en dos cuotas y el resto también en la misma cantidad de partes según lo establecido por el Decreto 508/18.

Los estacioneros basaron su decisión en los considerandos del Artículo 4º del Decreto 1043/2018 firmado por el Presidente de la Nación Mauricio Macri, que dio paso a la asignación no remunerativa: “Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquél aumento con la suma total de la asignación hasta su concurrencia, salvo que acuerden expresamente su no absorción”.

La medida precisa asimismo que la suma de $5.000 se compute hasta dicho monto, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018. “Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1° de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación“, expresa del DNU.

PALIATIIVO

No obstante, y para el caso de que finalmente, el sector de las Estaciones de Servicio se vea en la obligación de afrontar el cumplimiento de los postulados del Decreto Presidencial, el Presidente de la Fundación Economía y Sociedad, Alejandro González Escudero, consultado por surtidores.com.ar, aseguró que “el Gobierno debería permitir que el pago del bono pudiera financiarse con un diferimiento del Impuesto al Valor Agregado, especialmente para las pequeñas operadoras de combustibles, lo que contribuiría a aliviar la situación financiera de muchos establecimientos que se encuentran jaqueados por las altas tasas del mercado”.

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