Estaciones comenzaron a negarle combustible a quienes no lleven casco

Estaciones comenzaron a negarle combustible a quienes no lleven casco
Es el caso de la estación está ubicada en la intersección de Marconi y Hernandarias, en donde se ordenó a los trabajadores a no expender combustibles a quienes no cumplan con la normativa vial.
A casi ocho meses de la sanción de la ley que prohíbe cargar combustible a los motociclistas que no tengan el casco puesto, algunas estaciones de servicio de Resistencia ya comenzaron a cumplir con la normativa. Es el caso de la que está ubicada en la intersección de Marconi y Hernandarias, en donde se ordenó a los trabajadores a no expender combustibles a quienes no cumplan con la normativa vial.

“Acá lo más importante es concientizar a la gente en la utilización del casco”, sostuvo el presidente de la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines del Chaco (CECACh), Miguel de Paoli. En diálogo con CHACO DIA POR DIA recordó que esta medida se da en las estaciones en cumpliento con una ley provincial sancionada por la legislatura el año pasado.

“La preocupación por el cumpliento de las normas de tránsito es una preocupación de todos y lo que hay que apuntar es que se revisen estas inconductas de los motociclistas”, añadió.

Cabe recordar que en agosto del año pasado, con la sanción de la ley Nº 7271, se puso en marcha el programa de concientización vial denominado “Sin casco no hay combustible”. La normativa establece que las estaciones de servicio o expendedoras de combustibles suministrarán combustibles a los conductores de vehículos ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados, sólo cuando cumplan con el requisito de llevar el casco reglamentario debidamente colocado.

Los inspectores, de acuerdo a su jurisdicción, serán los encargados de controlar y sancionar a quienes no utilicen debidamente el casco reglamentario al momento de concurrir a cargar combustibles, exceptuándose de toda responsabilidad a los trabajadores afectados al expendio, norma aprobada a partir de una iniciativa del diputado aliancista Hugo Domínguez, del bloque UCR Nea.

Paralelamente la norma establece que las estaciones de servicio o expendedoras de combustibles deberán colocar en lugares visibles, como mínimo dos carteles de 20 centímetros por 30 centímetros, con la siguiente leyenda: “Sin casco no hay combustible”, debiendo consignar a continuación el número de ley correspondiente. La Subsecretaria de Seguridad Vial dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia, deberá proveer la cartelería a todas las estaciones de servicios ubicadas en la Provincia del Chaco.

En caso de incumplimiento de lo establecido a esta disposición, las estaciones de servicio serán pasibles de las siguientes sanciones: Apercibimiento. Multa equivalente de hasta 200 litros de nafta súper. Clausura de la estación de servicio si correspondiere en caso de reincidencia. Las estaciones de servicio deberán exhibir la cartelería en las condiciones establecidas en la presente ley, contribuyendo a difundir con folletería alusiva a la norma vigente.

La Autoridad de Aplicación es la Subsecretaria de Seguridad Vial dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia, quien coordinará con las respectivas jurisdicciones las medidas para el efectivo cumplimiento de la presente ley.

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