El EPAS tiene que pagar los arreglos

El ente provincial deberá indemnizar con casi 70.000 pesos al dueño de una vivienda del barrio Alta Barda que sufrió daños por una pérdida de agua.

La justicia neuquina condenó al Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS) a pagar poco más de 70.000 pesos al propietario de una vivienda que sufrió severos daños por una pérdida de agua que socavó los cimientos.

El problema se inició en 2008 cuando el dueño de la casa, ubicada en el barrio Alta Barda, detectó que en la calle frente a su domicilio brotaba agua y llamó al EPAS para avisar de la pérdida.

Según el descargo del ente, el desperfecto fue solucionado el mismo día pero el vecino logró demostrar que el agua siguió corriendo por mucho tiempo más, al punto que finalmente el EPAS debió cambiar 6 metros de la vieja cañería de asbesto cemento por una nueva de PVC.

Los daños en la vivienda no tardaron mucho tiempo en notarse: primero el porche sufrió un hundimiento y luego la vereda se partió y se desniveló. Ante esos cambios el vecino envió una carta documento al EPAS e interpuso un recurso administrativo ante el gobernador y otro pedido de pronto despacho.

Sin respuesta alguna, finalmente acudió a la justicia. Para entonces los daños en su casa eran tantos que temía que colapsara.

Un ingeniero realizó una pericia y determinó grietas en los muros de los tres dormitorios, en los pasillos, en el baño, la cocina y en el living. Las veredas exteriores e interiores mostraban pisos rotos, el paredón frontal se agrietó y el lateral directamente se cayó.

Mientras que desde el EPAS solo deslizaron que las pérdidas provendrían de la línea domiciliaria y no de las cañerías públicas, los integrantes de la Sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Evaldo Moya y Ricardo Kohon, destacaron que la ley fundacional del EPAS (1763) le asigna “la obligación del mantenimiento y conservación de las redes utilizadas para la ejecución del servicio”.

Precisaron que “el EPAS, frente a la existencia de una fuga de agua, efectuó reparaciones pero no en tiempo y forma debidas, y conforme a la prueba producida fue lo que provocó con posterioridad los daños en el inmueble”.

Los vocales del TSJ no solo hicieron lugar a los 67.000 pesos reclamados por los daños sino que también fijaron el pago de 6.000 pesos por los padecimientos sufridos por el vecino, en ambos casos más varios años de intereses.

Antecedente: amparo por contaminación

  • Hace pocos días, la jueza María Eugenia Grimau del juzgado Civil, Comercial y de Minería 4 falló también en contra del EPAS y la municipalidad de Neuquén, en un amparo por la contaminación del canal Necochea con agua del sistema cloacal. Ordenó que en un plazo de seis meses se realicen las obras para evitar “definitivamente los desbordes cloacales que ocurren en las bocas de registro de la red troncal Necochea”. El amparo fue impulsado por la Defensoría del Pueblo y en defensa de la gente que vive frente al canal.

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