Docentes impulsan una medida cautelar contra el uso del glifosato en todo el país

Docentes impulsan una medida cautelar contra el uso del glifosato en todo el país

Diferentes ONGs y cátedras de Universidades de distintas provincias, se sumaron al reclamo conjunto ante SENASA para que prohíba este herbicida que fue reclasificado en marzo por la Organización Mundial de la Salud, como “probablemente cancerígeno para los seres humanos”.

Profesionales de la Salud, de Ciencias Agrarias, Derecho, y Ciencias Sociales, ONGs, colectivos sociales del país, y cátedras de la Universidad Pública, en un reclamo conjunto, solicitaron oficialmente vía administrativa, al SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria), que disponga el inicio del procedimiento de Análisis de Riesgo de todos los registros con el principio activo “glifosato”, conforme lo establece el Punto 3 del Capítulo 18 de la resolución SENASA 350/1999.

El glifosato fue reclasificado como “probablemente cancerígeno para los seres humanos” (Grupo 2A) en el informe del mes de marzo de 2015 del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer -órgano que actúa dentro del marco de la Organización Mundial de la Salud.

 

Objetos de la presentación

En la presentación conjunta se señala que “dejamos de manifiesto que la presentación tiene como objetivo final que el organismo dictamine al concluir el proceso de reevaluación: la prohibición del uso y aplicación, en todo el territorio argentino, de todos los formulados con el principio activo glifosato”.

Se trata de una reevaluación exhaustiva del principio activo del glifosato desde su autorización en los años ‘70.

Mientras SENASA tramita el proceso de análisis de riesgo, “se solicita como medida cautelar administrativa que se dispongan restricciones en el uso y aplicación del glifosato, en los siguientes términos:

1) La prohibición de las aplicaciones aéreas de todos los registros que lleven como principio activo el glifosato.

2) La prohibición de las aplicaciones terrestres de todos los registros que lleven el principio activo del glifosato a una distancia inferior a los 5 mil metros de las zonas urbanas de los municipios, asentamientos poblaciones, escuelas rurales, huertas, centros apícolas, ríos, arroyos, lagunas, cursos y espejos de agua, como así de pozos de extracción de agua para consumo humano.

 

El porqué del pedido

Los profesionales recordaron que las distancias solicitadas están sustentadas en el principio que no existe un nivel de exposición seguro a un cancerígeno. Sobre la deriva de las fumigaciones aéreas, está demostrado científicamente que es incontrolable.

En cuanto a las fumigaciones terrestres, los propios trabajos del INTA reconocen que solo el 25% de los agroquímicos se fijan en el objetivo fumigado, el resto se volatiliza. Si se consideran los parámetros de la deriva secundaria y terciaria, los trabajos de investigación han demostrado que las partículas de los agroquímicos pueden alcanzar distancias entre 3 a 5 kilómetros.

En el reclamo se advierte que “la fijación de distancias para la aplicación de agroquímicos también es una competencia del SENASA, que solapadamente ha renunciado a establecerlas, ya que según la reglamentación vigente al finalizar el Análisis de Riesgo, el SENASA debe: o bien determinar la cancelación de los registros o la cancelación de algunos usos o la reclasificación en función del riesgo o restringir la forma de aplicación o cancelación de determinadas formulaciones y/o toda otra modificación, restricción, cancelación, no contemplada expresamente”.

 

“Grado de incertidumbre”

En el documento se advirtió que la reglamentación no exige para sus autorizaciones que las empresas presenten estudios sobre: toxicidad crónica, carcinogenicidad, mutagenicidad, aberraciones cromosómicas, perturbaciones del ADN, efectos sobre la reproducción, teratogenicidad, neurotoxicidad y/o neurotoxicidad retardada.

Ese estado de hechos consolida un grado intolerable de incertidumbre que sumado a la nueva información científica que delinea una situación de riesgos de daño grave irreversible, que obliga a la aplicación del principio precautorio.

Los fundamentos de la petición se consolidan en fuentes bibliográficas “inobjetables” de trabajos científicos internacionales y nacionales sobre el agrotóxico glifosato, las cuales fueron ordenadas por tipo de muestras a analizar, enfermedades vinculantes y mecanismos patológicos más frecuentes, y se encuentran actualizadas hasta el 10 de abril de 2015.

 

Pedido de información

En la medida cautelar se explicita que “ejerciendo el derecho de acceso a la información pública ambiental, solicitamos que se nos exhiban los estudios de evaluación de impacto en el ambiente y en la salud que se presentaron para la autorización del principio activo glifosato, como para las autorizaciones de los formulados basados en el mismo principio activo.

Ahora el SENASA tiene la obligación de responder y reunirse con los reclamante, de no hacerlo, quienes realizaron esta presentación, recurrirán a la Justicia.

Este producto, popularizado por Monsanto a través del Round Up vende 200 millones de litros al año en Argentina.

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