Una distribuidora de gas será multada por mala facturación

Una distribuidora de gas será multada por mala facturación

Se trata de la firma Ecogas que provee el combustible en el centro y noroeste del país, que habría enviado facturas sobre estimaciones de consumo, eludiendo los datos arrojados por los medidores.

 

El aumento de las tarifas es un tema delicado que presenta múltiples aristas, en especial los que fueron aplicados al suministro de gas natural durante los meses del invierno que acaban de pasar. A todas estas facetas ahora se les agregan las multas que el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) le aplicaría a la empresa Ecogas, la encargada de distribuir el mencionado combustible en los territorios provinciales de Córdoba, San Luis, Mendoza, San Juan, Catamarca y La Rioja. Las mismas tienen su origen en una serie de irregularidades  detectadas en la liquidación de facturas que fueron liquidadas sin tener en cuenta el consumo real de los usuarios, sino a partir de la figura de “consumo estimado”.

Se trata de reclamos presentados con anterioridad al mes en curso, en el que el precio del gas recibió un aumento de casi 35% y que los Defensores del Pueblo de distintas ciudades se encargaron de visibilizar. Los mismos aseguraron que se trata de un incumplimiento reglamentario del que Ecogas es responsable. La decisión de Enargas de aplicar estas multas representa un antecedente muy importante para denuncias similares realizadas contra otras empresas distribuidoras de todo el país.

Representantes de la empresa informaron que para realizar su defensa esperarán a que la Justicia les permita acceder al expediente y rechazaron la posibilidad de haber incumplido el reglamento. Sin embargo desde Enargas se encargaron de puntualizar que de ninguna manera las distribuidoras de gas tienen la potestad de estimar el consumo de forma masiva. Subrayaron también que para dicho fin debe utilizarse la herramienta de los medidores y que solo ante la imposibilidad de acceder a estos podrán recurrir a la estimación. Insistieron además que este último recurso debe ser utilizado de manera “excepcional y restrictiva”.

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