Desmontes: la Justicia confirmó a los peritos que elaborarán el informe final

Desmontes: la Justicia confirmó a los peritos que elaborarán el informe final
Se trata de la ingeniera agrónoma Ofelia Inés Aguirre; la antropóloga Graciela Elizabeth Bergallo y el biólogo Enrique Alejandro Szelag.
La titular del Juzgado Civil y Comercial Nº6, Iride Isabel Grillo, confirmó a los tres peritos que integrarán el equipo designado para elaborar el informe final sobre el impacto de los desmontes practicados en distintas zonas de El Impenetrable en cumplimiento de un amparo colectivo impulsado por tres asociaciones comunitarias indígenas de El Impenetrable. Los especialistas que integrarán el equipo serán la ingeniera agrónoma Ofelia Inés Aguirre, la antropóloga Graciela Elizabeth Bergallo y el biólogo Enrique Alejandro Szelag. Asimismo, la magistrada fijó una audiencia para el 3 de abril, a las 9, en la deberán participar los accionantes, el Estado chaqueño, el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACh) y el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco.

Revés para la Dirección de Bosques

La resolución, a la que tuvo acceso CHACO DIA POR DIA pero que está a disposición de cualquier ciudadano en la página oficial del poder Judicial del Chaco, está fechada el 18 de marzo de 2013. En la misma, la jueza confirma a los tres peritos que designara oportunamente, dos de los cuales fueron recusados infructuosamente por la Dirección de Bosques del Chaco, pero aceptados por representantes del IDACh y de las asociaciones indígenas accionantes. A la par de ello, en la decisión judicial también se ratifica que la Fiscalía de Estado del Chaco revocó los poderes a los abogados Jorge Alcántara y Luciano Olivares, quiénes impulsaron la estrategia para demorar la causa recusando a los peritos, teniendo en cuenta que en instancias anteriores del expediente la propia Fiscalía de Estado había consentido que serían designados por la magistrada, quién tiene a su cargo el monitoreo del cumplimiento de la sentencia.

Entre sus fundamentos, la magistrada consigna que "es necesario puntualizar que la medida dispuesta no reviste el carácter de prueba pericial propiamente dicha previo al dictado de la sentencia sino que importa la realización de un informe integrador a los fines de verificar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el punto I del fallo firme recaído en la causa, no advirtiendo la suscripta -por otra parte- la existencia de impedimentos de cualquier índole que obsten a que los citados profesionales lleven a cabo la misión para la cual fueran designados". Y agrega que "asiste razón a la Ing. Agrónoma Ofelia Inés Aguirre y a la Antropóloga Graciela Elizabeth Bergallo, en orden a que las mismas no se hallan comprendidas en el régimen de incompatibilidades establecido por la Ley Nº 4865 previsto para empleados públicos de planta permanente de la Administración Pública Provincial".

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