Desde agosto no habrá límites para poner nombres “raros”

Desde agosto no habrá límites para poner nombres “raros”

En el Registro Civil puntano dijeron que las únicas trabas serán las denominaciones ridículas y que inciten a la discriminación.

Patoruzú, Quimey, Angus, Catriel o Jürgen. A partir de agosto no habrá límites para poner nombres a los hijos cuando comience a regir el nuevo Código Civil y Comercial de Argentina. El director del Registro Civil de San Luis, Gastón Tula Barale, señaló que el único impedimento serán las denominaciones ridículas que puedan afectar a la persona.

 

Los cambios están basados en los principios de la libertad y la igualdad, aunque la norma es independiente de Ley de Identidad de Género, que permite el cambio de nombre en el documento de acuerdo con la percepción sexual de cada persona. Tula Batale aclaró que con el nuevo Código,  los tutores no podrán elegir nombres de varón para una nena y viceversa.

 

El artículo 63, inciso C, del nuevo Código Civil y Comercial establece que “pueden inscribirse nombres aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas” (Ver "Libertad para..."). Antes existía una ley “no escrita” en la que las propuestas  primero se estudiaban y necesitaban de una  autorización previa.

 

“Con la facilidad legislativa de aceptar cualquier nombre de pueblo americano, quizás tengamos problemas para saber su origen. Por el contrario, si alguien opta por Catriel, no va a tener ningún inconveniente”, explicó el director del Registro Civil, quien subrayó que siempre el funcionario  que tome los trámites tendrá la facultad de rechazar la inscripción.

 

Más allá de una mayor amplitud en la elección de los nombres, el Código establece que no se podrán elegir nombres extravagantes que puedan afectar a la persona en un futuro, ni que sean motivo de discriminación o risa. 

 

“No se pueden elegir nombres ridículos o que pongan en duda el sexo de la criatura", destacó Tula Barale, aunque reconoció que no hay límites taxativos. "Quizás un padre eligió ‘Pluscuamperfecto’ para denominar a un niño. Al agente le puede parecer ridículo pero al tutor no. Igualmente será una opción que también deberá ser analizada”, comentó el director del Registro Civil. 

 

El funcionario citó un hecho para ejemplificar esta situación. Un padre de Santa Fe tuvo un hijo, que por un problema de salud durante siete meses peleó por su vida. Decidió  ponerle “Ironman” (Hombre de hierro), como el personaje de cómics de Marvel. El director de la repartición santafesina no lo autorizó. Con la legislación que entrará en vigencia en cuestión de días, puede ser valedera.

 

“El límite lo va a decidir la moral y el secretario administrativo”, consideró.

 

En San Luis, los trámites para poner nombres extraños no son frecuentes y se reciben unos cinco casos semanales entre cientos de expedientes. En general, para los casos "raros", responden cuando se bautizan a los niños con nombres de un antepasado  de origen árabe, alemán u otros países europeos. En cuanto a la cantidad para una persona, se podrán poner hasta tres nombres, tal como está establecido ahora. El apellido no podrá usarse como nombre. Messi, el futbolista de Barcelona, tan nombrado en estos años no encaja en el permiso de elección para un chico.

 

En el nuevo Código Civil tampoco se podrá identificar a dos o más hermanos de manera idéntica, para evitar así posibles problemas de herencia. 

 

El apellido también tiene un párrafo aparte. A partir de agosto, los padres tienen la potestad de decidir si optan por uno o dos apellidos y en qué orden, sin necesidad de pedir una autorización como hasta ahora. Así, primero podría ir el de la madre o el del padre. Si no hay acuerdo, van a "desempate". El encargado de la decisión será el Registro Civil mediante un sorteo.

 

Lo que sí aclara el reglamento es que “todos los hijos de un mismo matrimonio deben llevar el apellido y la integración compuesta que se haya decidido para el primero”. En cuanto a los retoños extramatrimoniales con un solo vínculo filial tendrán que llevar el apellido de ese progenitor.

 

Los casados además, tendrán la facultad de elegir el apellido de sus cónyuges. Cualquiera de ellos, hombre o mujer, podrá usar el apellido del otro, con la preposición “de” o sin ella.

Comentá la nota