Denuncian obrar negligente por parte de Fiscales Federales

Denuncian obrar negligente por parte de Fiscales Federales
El ex Capitán de Ejercito, Ángel Ervino Spada, durante la época del terrorismo de Estado, fue privado de libertad por orden del entonces Juez Federal Marcos Bruno Quinteros, en la megacausa “Carrillo”.
A Spada, siempre en la causa “Carrillo”, se le dicta auto de procesamiento y posteriormente se resuelve la elevación de la causa a juicio bajo los cargos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos agravados y desaparición forzada de personas en función del delito de homicidio.

Ya en sede del Tribunal Oral en lo Criminal de Formosa, la causa se recaratula con el nombre de “Steimbach” por un suboficial de Ejercito que integraba los Grupos de Tareas comandados por Spada, precisamente, para finalmente volver a cambiar de carátula a raíz del fallecimiento del referido suboficial, pasando a identificarse las actuaciones con el apellido del ex capitán ahora prófugo.

El represor permaneció detenido más de un año, hasta el mes de agosto del año 2007, momento en que, como derivación de la excarcelación concedida al Gral. Jorge Eusebio Rearte, ex jefe de operaciones del mismo regimiento y ex Jefe de la Casa Militar durante el gobierno de Carlos Menem, ambos riojanos y de estrecha amistad personal, fueron liberados la totalidad de los procesados por delitos de lesa humanidad en Formosa, con la anuencia de los fiscales federales que consintieron tales libertades contrarias a toda la doctrina jurisprudencial sentada por la Corte Suprema, sin que los querellantes pudieran intervenir debido a que no se les dió legitimación procesal a tal fin.

El abogado querellante Pedro Velázquez Ibarra denunció esta situación ante el Fiscal General Jorge Auat que había solicitado, y obtenido, intervención en la causa “Carrillo”, no obstante lo cual el representante del ministerio público fiscal no requirió la revocación de las excarcelaciones, transformando a Formosa en un verdadero “santuario de la impunidad” al decir del citado querellante que actúa por derecho propio en razón de haber sido víctima de los delitos de lesa humanidad investigados, como asimismo en representación de otras víctimas y familiares, lamentando públicamente que ni el gobierno provincial del Gildo Insfrán, ni el nacional, aceptaron presentarse como querellantes en las actuaciones judiciales, y por el contrario prestaron “caución institucional” para que los represores sean liberados.

Spada nuevamente preso

Pese a todo el Capitán Angel Spada es nuevamente detenido por un pedido del Gobierno italiano en el mes de setiembre del año 2012, mediante orden librado por el juez federal N° 6 de la Capital Federal, a cargo del doctor Canicoba Corral.

Ni bien conocida la noticia el doctor Velázquez Ibarra comunicó al Tribunal Oral de Formosa a efecto de que se oponga a la extradición solicitada por el país europeo, como asimismo el inmediato traslado de Spada a la cárcel federal U-10, a disposición de los jueces encargado de realizar el juicio, sin que su requerimiento sea atendido debido a que los jueces se encontraban recusados, justamente, por el mismo imputado.

Así el represor volvió a recuperar su libertad hasta que recientemente, ya a pocos días de comenzar la audiencia de debate prevista para el día 31 del corriente, se produce lo que al decir del doctor Velázquez Ibarra es la “crónica de una fuga anunciada” desde hace muchos años atento al perfil del ex Jefe de Inteligencia, su abrumadora responsabilidad en gravísimas violaciones de derechos humanos y sus recursos materiales para eludir a la justicia, abandonando su domicilio real en la ciudad de Resistencia Chaco.

Responsabilidad

de los fiscales

Por todo ello, en consideración a la situación imperante en Formosa en materia de delitos de lesa humanidad, el querellante atribuyó todas las responsabilidades a los fiscales federales por la fuga del represor en razón de lo que denunció formalmente como “obrar negligente” de tales representantes del ministerio público, requiriendo se comunique tal conducta a la Procuradora General de la Nación doctora Alejandra Gils Carbó debido a que se creó un caso de gravedad institucional que compromete la responsabilidad de Estado argentino, por no garantizar la realización del juicio a que está obligado por tratados internacionales. El Tribunal Oral Federal hizo lugar a los requerimientos del doctor Velázquez Ibarra resolviendo efectuar dicha comunicación al mismo tiempo que librar orden de captura nacional e internacional contra Angel Ervino Spada.

La causa “Carrillo”, donde fue detenido y procesado Angel Ervino Spada, tiene su origen en la denuncia de su esposa Felicita Giménez en el año 1984. Importa aclarar que el defensor de derechos humanos del Paraguay Martín Almada simplemente fue al juzgado federal para interesarse en la causa ya en el año 2003, sin legitimación procesal para impulsar judicialmente el proceso y asegurando tener información de que el abogado Fausto Carrillo fue asesinado en el Paraguay con dos estudiantes formoseños.

Obviamente, de haber sido así, el competente para investigar los crímenes serían los jueces paraguayos ya que la jurisdicción en materia penal es de orden público e improrrogable.

De todos modos en la causa ya quedó acreditada las circunstancias de la muerte de Fausto Carrillo que ocurrió en Formosa, tal como lo resolvió un fallo judicial firme dictado por el entonces Juez Federal Marcos Bruno Quinteros.

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