Declaran la emergencia en 6 departamentos de Catamarca

Declaran la emergencia en 6 departamentos de Catamarca

Es a los efectos de paliar la complicada situación en los departamentos Paclín, Valle Viejo, Santa Rosa, El Alto y las localidades de Los Varela en Ambato y Huillapima. en Capayán.

La Gobernadora de la Provincia, Lucía Corpacci, firmó en la mañana de este martes el decreto N° 324 por el cual declara en Emergencia y Zona de Desastre, por el término de doce meses, a los departamentos Paclin, Valle Viejo, Santa Rosa, El Alto, a la localidad de Los Varela (Ambato) y la localidad de Huillapima (Capayán). El ministerio de Gobierno y Justicia realizará gestiones ante el Gobierno Nacional para el incremento en el pago de asignaciones universales, salarios familiares, haber jubilatorios, seguro de desempleo, entre otros.

La medida, que comenzó a regir desde el 29 de marzo, se sustenta en los daños que ocasionaron las intensas lluvias y tormentas que provocaron un exorbitante aumento del caudal de agua en los ríos de la provincia. La crecida de los ríos destruyó caminos, puentes, tomas y redes de distribución de agua potable, líneas de alta, media y baja tensión, afectando la infraestructura escolar, viviendas particulares, emprendimientos productivos y comerciales e importantes daños materiales para residentes, vecinos y productores de las localidades antes mencionadas.

En el instrumento detalla que la medida se toma luego de los informes elevados por el Ministerio de Obras Públicas en la que describe los daños sufridos en la infraestructura pública y vial de la Provincia y el aportado por la Secretaria de la Vivienda y Desarrollo Urbano de las viviendas afectadas por el temporal.

De esta manera la gobernadora dispuso declarar en Emergencia y Zona de Desastre por el término de 12 meses en los departamentos de Paclin, Valle Viejo, Santa Rosa, El Alto, en la localidad de Los Varela, departamento Ambato y la localidad de Huillapima, departamento Capayán. Además declara la emergencia en materia de Infraestructura Pública, de Servicios Públicos, Habitacional, Social y Productiva en las localidades mencionadas. Mientras que declara la emergencia en la prestación de los servicios públicos de energía y agua potable a la ciudad Capital.

Dispone que sea el Ministerio de Gobierno y Justicia como el responsable de realizar las gestiones ante el A.N.Se.S. y P.A.M.I a efectos de incrementar la cuantía del monto de los beneficios conocidos como "Asignación Universal por Hijos” y "Asignaciones Familiares por Hijos con Discapacidad y Prenatal”, Seguro de Desempleo, incremento por única vez del haber jubilatorio mínimo y pensiones no contributivas por parte del A.N.Se.S y el "Programa de Subsidios No programados” del PAMI. Dicho incremento será por el plazo que dure el estado de emergencia en las localidades abarcadas por el presente decreto.

Por otra parte establece el pago de un alquiler mensual de hasta tres mil pesos ($ 3.000), a través del Ministerio de Desarrollo Social, para quienes con motivo de lo acontecido no pueden retornar a sus hogares. Dicho pago será mientras perdura tal circunstancia.

Además la apertura -a través de C.A.P.R.E.S.C.A- de líneas de crédito a tasa subsidiada para residentes de las localidades de Paclin, Valle Viejo, Santa Rosa, El Alto y Los Varela (Ambato), con el objeto de la adquisición de bienes muebles no registrables, debiendo dicha Caja de Prestaciones Sociales constituirse en las zonas afectadas a fin de asesorar a los vecinos respecto de las condiciones para acceder a los mismos elaborando una nómina de los eventuales beneficiarios de tales líneas de créditos.

Mientras que la Secretaria de Estado de la Vivienda y Desarrollo Urbano debe constituirse en las zonas afectadas a los efectos de elaborar la nómina de residentes que requieran reconstruir y/o reparar sus viviendas únicas y de residencia permanente del grupo familiar, poniendo en tal caso a disposición de los mismos los programas necesarios para la obtención de tales beneficios que abarquen viviendas sociales gratuitas para los afectados. Y en ese orden faculta al organismo provincial a iniciar las gestiones ante las autoridades Nacionales que competan para la obtención del financiamiento y apoyo de dichas acciones.

Además faculta al Ministerio de Obras Publicas y a la Administración General de Vialidad a iniciar las gestiones ante autoridades Nacionales con el objetivo de reconstruir la totalidad de la infraestructura pública que se hubiera dañado o destruido por acción del desastre natural, como así también, las gestiones ante la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación para la elaboración y ejecución de proyectos y obras que permitan proteger nuevamente los márgenes de los ríos que comprometen la seguridad de los pobladores de las localidades afectadas.

Instruye al Ministerio de Servicios Públicos, para que en forma coordinada con la empresa Energía de Catamarca SAPEM, la Dirección de Agua y Saneamiento Interior, otorguen subsidios a los usuarios afectados, como así también a la realización de los trabajos y labores que sean necesarios para la recuperación y reparación de las líneas eléctricas, tomas y redes de agua potable que garanticen la normal prestación de los servicios en las localidades afectadas. Con este propósito, podrán iniciar gestiones ante las autoridades nacionales a los fines obtener el financiamiento necesario para la elaboración de proyectos y su posterior ejecución en el territorio Provincial.

Por su parte el Ministerio de Salud y la Secretaria de Estado de Ambiente deben mantener los equipos de trabajo necesarios, integrados por profesionales y personal para garantizar la prevención de las enfermedades en situación de inundación, vacunación de grupos de riesgo, provisión de sueros antiofídicos y antiarácnidos para los tratamientos de picaduras, prevención de brotes de enfermedades transmitidas por vectores, acciones de Saneamiento Ambiental para análisis de agua y estudios bromatológicos para el control de alimentos y otros elementos contaminantes del ambiente y asistencia psicológica para la contención emocional de las personas afectadas.

El ministerio de Producción y Desarrollo debe implementar acciones dirigidas a relevar la situación de los productores afectados, restablecer y sostener la actividad productiva, garantizando su continuidad y comercialización de la misma por parte de los productores.

Finalmente dispone que la Dirección del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas otorgue sin cargo el Documento Nacional de Identidad a las personas residentes en los departamentos alcanzados por la emergencia y que hayan sufrido la pérdida, deterioro o destrucción del mismo.

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