ONG cuestiona acuerdo de pena en el Caso Carro

ONG cuestiona acuerdo de pena en el Caso Carro
Integrantes de la Fundación El Agora cuestionaron el arreglo, a través de un juicio abreviado, de una pena relativamente menor por el secuestro y simulacro de fusilamiento por parte de integrantes de la familia Carro. Pidieron un juicio oral y público.

Según el acuerdo -alcanzado entre el fiscal Jorge Amado y el abogado defensor Gastón Gómez-, el policía retirado Eduardo Carro será condenado a 2 años y 3 meses de prisión en suspenso; su hijo Miguel Angel Carro, a 3 años; y su yerno, Alejandro Daniel Bernardo, a 2 años y 6 meses. Estos dos eran policías al momento del grave caso.

Es un acuerdo que -en caso de ser convalidado por la Cámara en lo Criminal de Santa Rosa en los próximos días- decididamente beneficiará a los tres acusados: el secuestro tiene penas que van de 10 a 25 años de prisión.

Los Carro habían ganado protagonismo en 2008 porque pretendían adoptar a una niña, a la que tenían en calidad de familia sustituta.

Poco después, en el verano de 2009, se conoció que habían secuestrado a un adolescente, al que habían sindicado como el autor de un robo.

El menor denunció que fue secuestrado en el barrio Santa María de las Pampas y llevado a unos ocho kilómetros de la ciudad en el Polo de Eduardo Carro. En el medio del campo, le pegaron y le dispararon dos veces a los pies para amedrentarlo ya que lo acusaban de entrar a robar en la casa de uno de ellos. Finalmente el chico fue abandonado en el descampado y regresó caminando a su casa. Su madre hizo la denuncia ante la Policía.

El documento dado a conocer este sábado por la ONG es el siguiente:

Otra vez, vemos cómo los operadores del Poder Judicial eligen ser los verdugos de las personas más débiles de la sociedad. En este caso, los pibes; en otros, muchos otros, las mujeres; pero en todos, siempre, los pobres.

Nos preguntamos cómo es posible que se baraje la posibilidad de buscar una salida rápida a una causa judicial que tuvo como víctima de un simulacro de fusilamiento a un pibe de 14 años. Decimos "tuvo como víctima", y somos tan ineficaces al nombrar como la "justicia" al tomarse casi cuatro años para resolver semejante barbaridad. Decimos "tuvo como víctima", y somos tan "sutiles" como la "justicia", que decide obviar que los autores del hecho (o aquellos sobre quienes pesa una acusación más que fundada) son policías y ex policías. La causa tiene como víctima a un pibe que hoy con 18 años obtiene como respuesta la desidia del Estado.

Está claro que así como nos preguntamos nos respondemos con la realidad que, a todas luces, parece no querer cambiar. Sobre todo, si tenemos en cuenta que a quienes les cabe la responsabilidad de producir el cambio solo les importa sacarse las causas de encima para que dejen de hacer bulto en el escritorio. Más claro está que el Poder Judicial es asumido como una gran bolsa de trabajo, que trae aparejada beneficios y poder, pero nunca las obligaciones que implican el compromiso con las personas que acuden a pedir auxilio.

De ningún modo es aceptable que este Poder Judicial siga vulnerando el derecho de los pobres a tener acceso a la justicia y a recibir, alguna vez, una respuesta.

Comprendemos que es necesario decirles a algunos funcionarios que los pibes son personas y que, además, aunque no parezca, tienen derechos; y que, peor aún, esos derechos tienen como correlato la obligación del Estado de protegerlos. Y sí, aunque asombre, esa obligación la tienen que cumplir porque trae aparejadas sanciones.

Y ahora sí, sin más vueltas: es injustificable que se firme un acuerdo para evitar el Juicio Oral que el "caso Carro" merece, máxime cuando en ese tipo de acuerdos la voz de la víctima no es escuchada, ni tomada en cuenta a la hora de la decisión.

Nunca el poder punitivo del Estado soluciona los conflictos sociales. Sin embargo, eso no implica que los funcionarios judiciales puedan elegir u obviar investigarlos y llegar al fondo, para obtener, ni más ni menos, que "justicia". Lo cierto es que no nos hace ruido la aplicación del instituto del juicio abreviado en delitos cometidos contra la propiedad. Pero nos retumba en todo el cuerpo un acuerdo de esas características cuando el delito afecta el propio cuerpo y la salud mental de un niño y, peor aún, si esa afectación la provocaron agentes de la policía pampeana.

Podemos ponernos a enumerar un montón de artículos de la Convención de los Derechos del Niño, fallos y retos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de nuestra propia Corte Suprema de Justicia que demuestran que, en un caso como éste, es irrazonable privar a la víctima y a los acusados de una defensa y acusación acabadas. Esto solo es posible de lograr en un Juicio Oral, que es la regla de los procesos penales, y no la excepción como se presenta en la actualidad. Podemos, pero es inútil. A esta altura, no creemos que el problema pase por un serio desconocimiento de los administradores de justicia, al menos no solo por eso, sino que es una cuestión ideológica tan acendrada como repudiable.

Desde la Asociación Civil El Ágora rechazamos la posible homologación de ese acuerdo de juicio abreviado firmado por el Fiscal y la Defensa de quienes hoy están acusados de privar de libertad, simular un fusilamiento y robar a un pibe de 14.

No pedimos la cabeza de nadie, no pretendemos condenas "ejemplares", ni mucho menos la violación de garantías procesales. Pedimos un Juicio Oral, justo para las partes.

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