La Corte Suprema pide volver a la vieja práctica de subrogancias

La Corte Suprema pide volver a la vieja práctica de subrogancias

El máximo tribunal pidió que se considere la designación de los jueces suplentes,  como era antes de la implementación de la ley.

La Corte Suprema solicitó al Consejo de la Magistratura que “considere la delegación en las Cámaras nacionales y federales de casación y de apelación de cada fuero, la designación de los jueces subrogantes, tal como se practicaba antes de la implementación de la ley que entró en vigencia el pasado 18 de Junio al advertir contradicciones con la letra de la ley procesalaprobada en el mismo paquete normativo”, señalaron en la misiva.

De esta manera, el presidente del Máximo Tribunal con el aval del resto de los ministros le permite con mayoría simple de siete votos,se elija de una lista de conjueces a secretarios letrados o abogados.

Esta ley fue la que habilitó el apartamiento del camarista Luis Cabral en la Casación, previo a la audiencia final para resolver la “inconstitucionalidad” del Memorandum con Irán y colocar en su lugar al abogado de la matrícula, afín al Gobierno, Claudio Vázquez.

Con este requerimiento el Gobierno podría verse obligado a modificar la ley o ajustarlaa los planteos de los magistrados, pero según pudo reconstruir PERFIL.COM ese camino no estaría allanado por los funcionarios oficialistas.

La nota que se remitió no fue suscripta por los ministros sino por el secretario del Máximo Tribunal, Christian Abritta, a través de la cual la Corte pone en “conocimiento del Consejo las 'inquietudes transmitidas' por los presidentes de Cámaras” en relación con la ley 27.145, que establece el procedimiento para la designación de los subrogantes por parte del Consejo de la Magistratura”.

El escrito de cuatro páginas resalta las “contradicciones entre esa ley y una sancionada el mismo día, la posibilidad de que se reciban dos listas de conjueces diferentes para un mismo juzgado”, la posibilidad de una “demora sustancial en los procesos” e incluso la imposibilidad de que los juzgados vacantes efectivamente sean ocupados por reemplazantes, detalla.

Luego el mensaje se remite en sí a los suplentes al advertir que “en cuanto a las listas de conjueces en muchos casos no contemplan las necesidades de las jurisdicciones”, alertó y alude a que “están integradas por abogados que residen en jurisdicciones alejadas a la sede del tribunal, o que integran a la vez listas de conjueces confeccionadas para distintas jurisdicciones, o desempeñan algún cargo público o tienen afiliación política”.

La vulneración del juez natural” resultaría de gravedad institucional”, explican cercanos a los ministros que intentarían abrir un cana del diálogo con los consejeros, sobre todo con el representante del poder Ejecutivo, Julián Alvarez.

Otras situaciones que preocupan en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, de algunosconjueces “que han actuado en causas judiciales en trámite”. “Estos inconvenientes se acrecientan en los tribunales con competencia electoral en razón de las restricciones queimpone la ley de Organización de la Justicia Nacional Electoral”, destaca la misiva de Abritta.

“Estas y otras dificultades que los jueces de cámaras nacionales y federales harán saber al Consejo de la Magistratura pueden afectar seriamente al servicio de Justicia”, resumió la presentación, que traslada la sugerencia de los magistrados para “que se cubran las vacantes existentes en el Poder Judicial mediante el procedimiento constitucional y legalmente establecido para los concursos, reduciendo las subrogancias a una situaciónexcepcional”.

Para funcionarios judiciales esta impronta podría “alertar” al Gobierno sobre la postura de la Corte sobre la “inconstitucionalidad” de la ley para que “tome” medidas al respecto.

Desde los despachos de asesores kirchneristas en el Consejo, advierten que la “ley fue aprobada por el Congreso y que no cambiarán de postura”. Por lo que la puja entre Gobierno y Justicia podría profundizar sus grietas previo a las elecciones presidenciables de octubre.

Pero además los ministros en base a las facultades que le otorga el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, rechazó un recurso de la Procuraduría contra el lavado de activos (PROCELAC) contra la modalidad de compras de divisa extranjera denominado “contado con liqui”.

El máximo tribunal consideró “inadmisible” un planteo del titular de la Procelac, Carlos Gonella, para que la modalidad de “contado con liqui” fuera considerada ilegal, por lo que admite la “operatoria” al no intervenir en la cuestión de “fondo”, explican analistas y constitucionalistas consultados.

Comentá la nota